Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Algunas preguntas sobre derecho económico. Soy un mal estudiante, ¡así que les pido ayuda a los mejores estudiantes! ! !

Algunas preguntas sobre derecho económico. Soy un mal estudiante, ¡así que les pido ayuda a los mejores estudiantes! ! !

En términos de formas de inversión, tanto los socios generales como los socios comanditarios pueden aportar capital en moneda, objetos físicos, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad, pero la diferencia es que los socios generales pueden aportar capital. en forma de servicios laborales, mientras que los socios comanditarios pueden aportar capital en forma de servicios laborales, las personas no pueden;

Para transferir acciones, los socios comanditarios solo necesitan notificar con 30 días de anticipación, pero los socios colectivos. es necesario acordar de acuerdo con el acuerdo de sociedad. Si no hay acuerdo, todos los socios deben estar de acuerdo por unanimidad;

Los socios generales pueden realizar los asuntos de la sociedad y representar la sociedad externamente, pero los socios comanditarios no pueden;

Los socios colectivos asumen responsabilidad solidaria ilimitada por las deudas sociales, y los socios comanditarios aportan capital con su capital suscrito. La responsabilidad limitada se limita al importe.

Para una sociedad anónima constituida mediante captación de fondos, los promotores deben suscribir no menos del 35% del capital social, pero en esta cuestión sólo se cuenta con el 30% del número de miembros del consejo de administración; sociedad anónima es 5-19, y 21 personas han excedido el requisito.

(1) La relación contractual no está establecida. La empresa B ha realizado cambios sustanciales en el contenido de la oferta (precio del contrato), por lo que su respuesta es una nueva oferta y no un compromiso.

(2) no está establecida. La respuesta de la empresa B excede el período de compromiso y debe considerarse como una nueva oferta.

(3) La oferta y el período de compromiso de la empresa A no han expirado y la empresa A no ha revocado la oferta, por lo que la oferta es válida y la entrega directa de los bienes por parte de la empresa B se considerará un compromiso. La empresa A será responsable de la responsabilidad de la empresa B.