¿Qué tipo de responsabilidades legales se deben asumir para tratar a las personas mayores?
Análisis Legal
Las características del delito de maltrato son: 1. Deben ser familiares que convivan, incluyendo padres, abuelos, hijos (hijos biológicos, hijastros, hijos adoptivos) , suegros, nueras, hermanos y hermanas, etc. En segundo lugar, el abuso debe ser intencional por parte del perpetrador. Las principales formas de abuso incluyen: tortura física, como atar, golpear, congelar y matar de hambre, daño mental, como insultos, sorbos, sarcasmo, restricción de la libertad personal, confinamiento, etc. En tercer lugar, el abuso fue atroz, prolongado y constante. Si sólo hay palizas, riñas, regaños o actitudes bruscas ocasionales, no se puede considerar abuso y no constituye un delito de abuso. Sin embargo, las personas mayores también deben ser criticadas, educadas y disculpadas. Las leyes y reglamentos pertinentes prohíben la discriminación, el insulto, el abuso y el abandono de las personas mayores. Quien abuse de un miembro de su familia en circunstancias graves de conformidad con la ley será sancionado con pena privativa de libertad no superior a dos años, prisión preventiva o vigilancia pública. Si el delito de abuso no causa lesiones graves o la muerte a la víctima, el tribunal lo manejará sólo si la víctima presenta una acusación particular ante el tribunal; si el delito causa lesiones graves o la muerte, la Fiscalía Popular iniciará una acusación pública; en la corte. El abuso incluye abuso físico y emocional. El abuso emocional se refiere al dolor mental y al estrés que experimentan los adultos mayores y se divide en dos categorías: positivo y negativo. Para determinar el delito de abuso, es necesario primero confirmar si hubo abuso físico y abuso material en el incidente, y es necesario realizar un examen clínico forense y recolectar y preservar materiales de evidencia relevantes. Si es sólo mental, la responsabilidad legal es generalmente más leve.
Base Legal
Artículo 260 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien abuse de miembros de su familia, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de dos años, detención penal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años. El delito previsto en el párrafo 1 sólo se abordará si la víctima no puede presentar una queja o no puede hacerlo debido a coerción o intimidación. Artículo 260-1 Quien abuse de los pupilos, de los ancianos, de los enfermos o de los discapacitados, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión determinada no superior a tres años o a prisión penal. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si las conductas enumeradas en el apartado 1 se cometen y constituyen al mismo tiempo otros delitos, el infractor será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.