Los documentos legales vigentes y las decisiones de expropiación provocan cambios en los derechos de propiedad.
Si el establecimiento, cambio, transferencia o eliminación de derechos de propiedad es causado por los documentos legales del tribunal popular, comité de arbitraje o la decisión de expropiación del gobierno popular, entrará en vigor a partir de la fecha en que el documento legal o la decisión de expropiación del gobierno popular entra en vigor.
Este artículo trata sobre los cambios en los derechos de propiedad causados por documentos legales vigentes y decisiones de expropiación.
Los cambios en los derechos de propiedad se refieren al establecimiento, cambio, transferencia y eliminación de derechos de propiedad. El significado de este artículo es que si un cambio en el derecho de propiedad ocurre debido a un documento legal o decisión de expropiación vigente, el cambio en el derecho de propiedad no requiere registro ni entrega a partir de la fecha en que el documento legal o la decisión entre en vigor, y es un cambio en los derechos de propiedad que no se basa en un acto jurídico.
Con carácter general, los documentos jurídicos eficaces previstos en este artículo se limitan a la formación de sentencias y resoluciones, quedando excluidas las sentencias de pago y las sentencias de confirmación. La formación efectiva de sentencias sólo incluye las sentencias exitosas y efectivas que resulten del ejercicio. del derecho a litigar. Las sentencias de confirmación no se incluyen porque confirman la efectividad de los cambios en los derechos de propiedad que han ocurrido con anticipación. Lógicamente, el cambio confirmado en los derechos de propiedad ya se ha producido antes de que entre en vigor la sentencia de confirmación. La realización de la sentencia de pago es indirecta y obliga al deudor a cumplirla, y no se incluye en esta categoría. Es decir, sólo cuando la sentencia dictada por la parte que ejerce el derecho a demandar se hace efectiva, puede producirse directamente el efecto del cambio de derechos de propiedad. La razón es que la función del derecho de formación es provocar directamente el cambio del derecho en base a la intención unilateral del obligante, y el contenido de la sentencia puede realizarse sin realizar el acto (no es necesario registrar el inmueble). , y no es necesario entregar los bienes muebles).
Por último, cabe señalar que si los derechos inmobiliarios se obtienen conforme a este artículo pero no se presenta la inscripción, los derechos inmobiliarios carecen de derecho a disponer de los derechos inmobiliarios. Si el obligante enajena el inmueble, no tendrá por efecto alterar los derechos reales.