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Los temas de las relaciones económicas y jurídicas incluyen

Los sujetos de las relaciones jurídicas económicas incluyen agencias estatales, grupos sociales, instituciones internas de organizaciones económicas, personas físicas, operadores de contratos rurales y hogares industriales y comerciales individuales.

El sujeto del derecho económico se refiere a las partes o partícipes que disfrutan de ciertos derechos y asumen ciertas obligaciones en las relaciones jurídicas económicas. La parte que disfruta de derechos patrimoniales es sujeto de derechos y la parte que asume obligaciones económicas es sujeto de obligaciones. Los sujetos del derecho económico incluyen las oficinas de finanzas municipales, los institutos de investigación, las filiales de empresas y los ciudadanos. Las calificaciones de los sujetos de derecho económico se refieren a las calificaciones o capacidades de las partes para participar en relaciones jurídicas económicas, disfrutar de ciertos derechos y asumir ciertas obligaciones.

Clasificación de las materias de derecho económico:

1. Incluye principalmente agencias estatales de poder, agencias administrativas estatales y agencias judiciales estatales.

2. Incluye principalmente varios tipos de personas jurídicas, empresas y otras empresas no constituidas en sociedad. Las empresas son un vínculo importante entre las agencias estatales como entidades y unidades de gestión económica y los individuos como entidades de consumo.

3. Organización. Incluye principalmente escuelas, hospitales, institutos de investigación científica, etc.

4. Grupos sociales. Incluye principalmente organizaciones partidistas, sindicatos, federaciones de mujeres, asociaciones industriales y profesionales, grupos académicos y de bienestar público, etc.

Temas de las relaciones económicas y jurídicas:

1. Los sujetos de derecho económico pueden participar independientemente en las relaciones económicas y jurídicas en nombre propio.

2. El sujeto del derecho económico es portador de derechos y obligaciones económicos.

3. Los sujetos de derecho económico pueden asumir de forma independiente las responsabilidades jurídicas económicas.