Requisitos para los funcionarios penitenciarios comunitarios
Base legal: Medidas de Implementación del Correccional Comunitario
Artículo 7: Luego de recibir al personal del correccional comunitario, la oficina judicial anunciará con prontitud las sentencias, fallos, decisiones, avisos de ejecución y otros asuntos relevantes al personal correccional comunitario. El contenido principal del documento legal; la duración de la corrección comunitaria; las regulaciones que el personal correccional comunitario debe cumplir, los artículos prohibidos y las consecuencias legales de violar los derechos que disfruta el personal correccional comunitario; de conformidad con la ley y los derechos para restringir su ejercicio; la composición y responsabilidades del equipo correccional; otros asuntos relacionados;
El anuncio será presidido por el personal de la oficina judicial, debiendo estar presentes los miembros del equipo correccional y demás personal relevante de acuerdo con los procedimientos prescritos.
Artículo 8 La oficina judicial determinará un equipo correccional especial para personas correccionales comunitarias. El equipo correccional está encabezado por un miembro del personal de la oficina judicial y está compuesto por el personal pertinente enumerado en los párrafos 2 y 3 del artículo 3 de estas Medidas. Si el funcionario correccional comunitario es una mujer, el equipo correccional debe tener miembros femeninos.
La oficina judicial debe firmar una carta de responsabilidad correccional con el equipo correccional, aclarar sus respectivas responsabilidades y obligaciones en función de las unidades e identidades de los miembros del equipo y garantizar la implementación de diversas medidas correctivas.
Artículo 13 El personal penitenciario comunitario no podrá salir de la ciudad o condado (banner) donde vive sin aprobación.
Si el personal penitenciario comunitario realmente necesita salir de la ciudad o condado (banner) donde vive debido a tratamiento médico, cambios familiares importantes, etc., debe informar a la Oficina Judicial para su aprobación dentro de los siete días; si excede los siete días, deberán ser firmados por la Oficina Judicial. Los dictámenes se presentarán a la agencia administrativa judicial a nivel de condado para su aprobación. Al regresar a su lugar de residencia, deberá presentarse inmediatamente ante la oficina judicial. El personal correccional comunitario no podrá salir de la ciudad o condado (banner) donde vive por más de un mes.