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Relación de factura y relación básica de factura

Análisis jurídico:

En primer lugar, la relación entre causas. Se refiere a las razones para dar y aceptar letras entre las partes de la letra.

En segundo lugar, la relación de reserva de facturas. Se refiere a la relación jurídica que surge del acuerdo entre las partes del instrumento sobre el tipo, monto, fecha de vencimiento, lugar de pago, etc. del instrumento antes de dar y recibir el instrumento. Es decir, la relación jurídica entre las partes que surge del contrato de emisión y cobro de letras.

En tercer lugar, la relación de financiación. Se refiere a la relación jurídica entre el librador de una letra de cambio y el beneficiario, y entre el librador de un cheque y el banco pagador u otro deudor del fondo. Ésta es la razón por la que el librador encomienda el pago al pagador.

Base jurídica:

Ley de Instrumentos Negociables de la República Popular China

La emisión, adquisición y transferencia de instrumentos negociables en el Párrafo 1 del Artículo 10 se regirán por el principio de buena fe y veracidad y relaciones de transacción y relaciones acreedor-deuda.

Artículo 13, Inciso 2: Es tenedor de pagarés la persona que tiene relación directa de acreedor-deudor consigo misma y que incumple las obligaciones pactadas. Sólo el deudor del pagaré puede defenderse. Además, si la relación de factura deja de ser válida por algún motivo, no afecta la validez de la relación subyacente.