Criterios para definir el número de personas en incidentes masivos
1. Un incidente masivo se refiere a más de 10 personas (incluidas 10 personas) que violan leyes y regulaciones, alteran el orden social, alteran el orden normal de las oficinas y unidades, ponen en peligro la seguridad pública y atentar contra la seguridad personal de los ciudadanos y la propiedad pública y privada. Reuniones seguras y eventos masivos de prevención.
2. Los criterios para juzgar los incidentes masivos son: primero, naturaleza masiva, que se refiere a un gran número de personas, al menos cinco personas; segundo, se intensifica hasta convertirse en un incidente y después se toman acciones colectivas; el grupo se reúne, como peticiones, mítines, sentadas, asedios, ataques a agencias o departamentos relevantes, actividades violentas, etc. Además, el "Reglamento de Peticiones" promulgado por el Consejo de Estado: "Si varias personas plantean el mismo asunto de petición en forma de visitas, se deben elegir representantes y el número de representantes no excederá de cinco. Por lo tanto, las peticiones colectivas de". más de 6 personas (incluidas 6 personas) son Petición colectiva ilegal. Pero esto no cumple plenamente con la definición y los estándares cuantitativos de incidentes masivos.