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¿Tiene la hijastra la obligación de mantener a su madrastra?

La hijastra tiene la obligación de sustentar a la madrastra según las circunstancias:

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2. Si la madrastra incumple su obligación de sustentar a los hijastros, entonces los hijastros no tienen. obligación de sustentar a la madrastra.

Los hijos no están obligados a pagar la siguiente pensión alimenticia:

1. Los hijos adultos solteros o divorciados no tienen ingresos económicos, han perdido su fuerza laboral o no pueden vivir de forma independiente;

2. Los hijos adultos casados ​​no tienen ingresos económicos y sus ingresos familiares no son suficientes para mantener los niveles de vida básicos locales;

3. como matar a sus hijos, abusar gravemente de ellos o abandonarlos. , la víctima pierde el derecho a exigir alimentos para los hijos, y los niños pueden quedar exentos de la obligación de alimentos. La ley no prohíbe el apoyo voluntario a los hijos de la víctima. Aunque los hijos adultos que no pueden pagar la pensión alimenticia pueden quedar exentos de la obligación de pagarla, no pueden estarlo de la obligación de cuidar de sus vidas y consolar su espíritu.

En resumen, aunque no existe un parentesco consanguíneo entre la madrastra y la hijastra, si la madrastra cumple con su obligación de criarla y educarla y forma una relación cariñosa y dependiente con su hijastra, entonces la hijastra debería Asumir la responsabilidad de mantener a la madrastra cuando sea mayor.

La relación entre padrastros e hijastros se basa en el nuevo matrimonio de uno de los progenitores, y su estatus inicial es la relación entre suegros. No existe ninguna obligación legal de manutención entre las partes involucradas en dicha relación política. Sólo los padrastros que hayan brindado educación sustantiva sobre paternidad a sus hijastros pueden exigirles que cumplan con sus obligaciones de manutención y paguen la pensión alimenticia.

Base jurídica:

Artículo 1072 del Código Civil de la República Popular China

No debe haber abuso ni discriminación entre padrastros e hijastros.

Las disposiciones de esta Ley sobre las relaciones entre padres e hijos se aplicarán a los derechos y obligaciones entre el padrastro o la madrastra y los hijastros que sean criados y educados por ellos.