Reglamento sobre licencias para el personal penitenciario comunitario
Con la aprobación de la Oficina Judicial, el personal penitenciario comunitario podrá abandonar la ciudad o condado (banner) donde vive por menos de siete días. Si el período de licencia excede los siete días, la oficina judicial firmará una opinión y la presentará a la agencia administrativa judicial a nivel del condado para su aprobación. Si el personal correccional comunitario realmente necesita salir de la ciudad o condado donde vive debido a tratamiento médico, cambios familiares importantes, etc., debe presentarse a la oficina judicial para su aprobación dentro de los siete días, si excede los siete días, la oficina judicial deberá; firmar una opinión e informar a la agencia administrativa judicial a nivel del condado para su aprobación. Al regresar a su lugar de residencia, deberá presentarse inmediatamente ante la oficina judicial. El personal correccional comunitario no podrá salir de la ciudad o condado donde vive por más de un mes. El tiempo acumulado de licencia que un preso comunitario toma durante la corrección comunitaria no excederá una quinta parte de la sentencia que deberá cumplir en la corrección comunitaria. Los delincuentes que hayan sido sentenciados a libertad condicional deben cumplir con las siguientes disposiciones durante el período de libertad condicional: 1. Respetar las leyes y reglamentos administrativos, obedecer la supervisión, informar periódicamente sus actividades a la agencia que ejecuta la libertad condicional de acuerdo con las regulaciones y cumplir con la investigación. Las regulaciones de la agencia sobre la recepción de visitantes establecen que la salida de la ciudad o condado donde vive o se muda debe informarse a la agencia de investigación para su aprobación.
Base Legal
Artículo 13 de las "Medidas de Implementación para la Corrección Comunitaria" El personal correccional comunitario no puede salir de la ciudad o condado (banner) donde vive sin aprobación. Si el personal penitenciario comunitario realmente necesita salir de la ciudad o condado (banner) donde vive debido a tratamiento médico, cambios familiares importantes, etc., debe presentarse a la oficina judicial para su aprobación dentro de los siete días si excede los siete días; La oficina judicial deberá firmar una opinión e informarla a la aprobación de la Agencia de administración judicial a nivel de condado. Al regresar a su lugar de residencia, deberá presentarse inmediatamente ante la oficina judicial. El personal correccional comunitario no podrá salir de la ciudad o condado (banner) donde vive por más de un mes.