Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Artículo 31 de la “Ley Antidrogas” “Medidas para la Determinación de la Toxicomanía”

Artículo 31 de la “Ley Antidrogas” “Medidas para la Determinación de la Toxicomanía”

Regla uno. Con el fin de estandarizar la identificación de la drogadicción, identificar científicamente a los drogadictos, adoptar medidas de desintoxicación y brindar tratamiento de desintoxicación de drogas a los drogadictos de acuerdo con la ley, estas Medidas se formulan de conformidad con la "Ley Antidrogas de la República Popular". de China" y el "Reglamento sobre Tratamiento de Drogas".

Regla 2. La drogadicción, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a la encefalopatía crónica recurrente causada por el uso repetido de drogas por parte de los drogadictos, que se caracteriza por el comportamiento de buscar y consumir drogas compulsivamente independientemente de las consecuencias adversas, a menudo acompañada de diversos grados de salud física y social. función.

Regla 3. El término "determinación de la adicción a las drogas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los órganos de seguridad pública o a las instituciones médicas de rehabilitación de drogas a las que se les ha encomendado la tarea de determinar si los drogadictos son adictos y si son adictos gravemente mediante pruebas de muestras biológicas humanas y recopilando pruebas del abuso de drogas. , o en base a síntomas y signos físicos, psicológicos y mentales del trabajo.

El término "instituciones médicas de desintoxicación de drogas", como se menciona en estas Medidas, se refiere a hospitales especializados en desintoxicación de drogas y otras instituciones médicas con departamentos de tratamiento de desintoxicación de drogas que cumplen con los requisitos de las "Medidas provisionales para la administración de drogas". Servicios Médicos de Desintoxicación".

¿Artículo 4? Cuando los órganos de seguridad pública descubren a drogadictos durante las actividades de aplicación de la ley, deben identificar a los drogadictos, si es difícil identificar a los drogadictos por razones técnicas, pueden confiar la identificación a una institución médica calificada para el tratamiento de drogas.

¿Artículo 5? Las instituciones médicas de tratamiento de drogas responsables de la identificación del tratamiento de drogas serán designadas por los departamentos administrativos provinciales de salud y planificación familiar en colaboración con los órganos de seguridad pública del mismo nivel.

¿Artículo 6? El órgano de seguridad pública hará que dos o más agentes de la policía popular realicen una evaluación de la toxicomanía y emitirán un dictamen de evaluación dentro de las 24 horas siguientes a la conclusión de la prueba de la muestra biológica humana. La evaluación será firmada por el tasador y revisada por el. responsable de la unidad, y estampado con el sello de la unidad.

Se deben incluir materiales de evidencia relevantes como parte de esta opinión.

¿Artículo 7? Si los drogadictos reúnen al mismo tiempo las siguientes circunstancias, los órganos de seguridad pública determinarán que son adictos a las drogas:

(1) Los análisis de sangre, orina, saliva y otras muestras biológicas humanas demuestran que son contiene ingredientes de drogas;

(2) Hay evidencia que demuestra que ha consumido drogas;

(3) Tiene síntomas de abstinencia o hay evidencia que demuestra que ha consumido drogas , incluso siendo investigado por los órganos de seguridad pública por consumo de drogas, desintoxicación voluntaria y muestras de cabello humano. Se detectaron ingredientes de drogas.

Las condiciones específicas de los síntomas de abstinencia se determinan con referencia a los "Principios Rectores para el Diagnóstico y Tratamiento de la Dependencia de Opioides", los "Principios Rectores para el Diagnóstico y Tratamiento de la Dependencia de Anfetaminas" y los "Principios Rectores para el Diagnóstico y Tratamiento de la Dependencia de Ketamina” formulado por el Ministerio de Salud.

¿Artículo 8? Si los drogadictos presentan alguna de las siguientes circunstancias, los órganos de seguridad pública determinarán que su drogadicción es grave:

(1) Se les ordena someterse a desintoxicación comunitaria, desintoxicación en aislamiento obligatorio (incluida la desintoxicación obligatoria o laboral). antes de la implementación de la Ley Antidrogas) (2) Hay evidencia que demuestra que el uso de drogas inyectables o al menos tres veces el uso de drogas involucra dos o más drogas;

(3) Hay evidencia de que después de consumir drogas, las personas se reúnen en grupos para cometer actos lascivos, autolesionarse, automutilarse o violar violentamente la seguridad personal y de la propiedad de otras personas, o actos que impidan la seguridad pública.

¿Artículo 9? Los órganos de seguridad pública realizan pruebas de muestras biológicas humanas en el proceso de identificación de toxicomanías, de conformidad con las disposiciones pertinentes del "Reglamento de procedimiento para las pruebas de toxicomanía" formulado por el Ministerio de Seguridad Pública.

¿Artículo 10? Los policías populares responsables de la evaluación del tratamiento de drogas por parte de los órganos de seguridad pública deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener un rango policial de segundo nivel o superior y más de dos años de experiencia laboral relevante en el cumplimiento de la ley;

(2) Será determinado por el nivel del gobierno provincial. Los órganos de seguridad pública y los departamentos administrativos de salud y planificación familiar organizan la capacitación y la evaluación.

¿Artículo 11? Si el órgano de seguridad pública encomienda a una institución médica de tratamiento de drogas la realización de una evaluación del tratamiento de drogas, deberá encomendarla y presentar una carta de autorización dentro de las 72 horas siguientes a la última vez que la persona en tratamiento de drogas tome drogas. Si la solicitud excede las 72 horas, la institución médica de tratamiento de drogas podrá no aceptarla.

¿Artículo 12? Las instituciones médicas de rehabilitación de drogas y su personal médico responsable de la evaluación de la rehabilitación de drogas realizarán la evaluación de la rehabilitación de drogas de conformidad con las disposiciones pertinentes de las "Medidas provisionales para la administración de servicios de tratamiento de rehabilitación de drogas".

Artículo 13: La identificación de la drogadicción en las instituciones médicas de rehabilitación de drogas será realizada por dos médicos responsables de la identificación de la drogadicción.

Artículo 14 Los médicos responsables de la identificación de drogadicciones deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Cumplir con las disposiciones pertinentes de las "Medidas provisionales para la administración de servicios médicos de rehabilitación de drogas". ;

(2) Haber estado realizando tratamientos de drogas durante no menos de tres años;

(3) Tener calificaciones profesionales y técnicas intermedias o superiores.

Artículo 15: Cuando una institución médica de tratamiento de drogas recopile la historia clínica y el examen físico de drogadictos, el órgano de seguridad pública a su cargo enviará el personal pertinente para auxiliarlo.