Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Aviso del Ministerio de la Industria Eléctrica sobre la Emisión de las “Medidas para la Emisión, Capacitación y Evaluación de Asesores Jurídicos del Ministerio de la Industria Eléctrica”

Aviso del Ministerio de la Industria Eléctrica sobre la Emisión de las “Medidas para la Emisión, Capacitación y Evaluación de Asesores Jurídicos del Ministerio de la Industria Eléctrica”

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de mejorar aún más el sistema de trabajo de los asesores legales y garantizar que los asesores legales realicen su trabajo de manera legal y efectiva, estas Medidas se formulan de conformidad con el "Reglamento Provisional sobre el Trabajo de los Asesores Jurídicos del Ministerio de Energía" y el "Reglamento Transitorio sobre Asuntos Jurídicos del Sistema Eléctrico". Artículo 2 El Ministerio de la Industria Eléctrica es responsable de la emisión de permisos de trabajo y la capacitación y evaluación de los consultores legales en este sistema, y ​​el trabajo específico es implementado por el Departamento del Sistema de Políticas y Regulación. Capítulo 2 Emisión de Permiso de Trabajo de Consultor Legal Artículo 3 Las personas que soliciten un permiso de trabajo de consultor legal (en adelante, el permiso) deberán cumplir las siguientes condiciones:

1. estilo recto, actuar de manera justa, atreverse a adherirse a los principios y amar el trabajo de asesoramiento legal

2 tener un título universitario o superior, estar familiarizado con los sistemas comerciales y tener ciertos conocimientos de gestión; p>

3. Graduado de una institución jurídica de educación superior o recibido más de cinco meses consecutivos de formación profesional jurídica organizada por una institución de educación superior a nivel provincial o ministerial o superior, y dominio de conocimientos profesionales jurídicos

4. Asuntos legales relacionados con el sistema eléctrico Personal de la organización o puesto que se haya dedicado (a tiempo completo o parcial) a trabajos (consultores) de asuntos legales de energía eléctrica durante más de dos años

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5. En el trabajo de asuntos legales (consultor), pueden desempeñar sus funciones concienzudamente y salvaguardar activamente los derechos e intereses legítimos de la unidad, sin incumplimiento del deber. Artículo 4 El personal jurídico a tiempo completo y parcial que haya obtenido el título de abogado no estará sujeto a las restricciones del artículo anterior previa solicitud personal. Artículo 5 En principio, no se otorgará permiso a abogados externos que se desempeñen como asesores legales de diversas unidades del sistema eléctrico. Artículo 6 La licencia se refiere a la calificación, habilidades y certificado de trabajo del asesor legal del sistema eléctrico. Todas las unidades del sistema eléctrico pueden ejercer asuntos legales con este certificado. Artículo 7 Los asesores legales (excluidos los abogados externos) de empresas e instituciones de sistemas eléctricos deben tener un certificado para trabajar y solo pueden trabajar después de obtener una licencia. Artículo 8 El Ministerio de la Industria Eléctrica expedirá una licencia una vez al año. Quienes soliciten una licencia deben presentar una solicitud por escrito a su empleador. Una vez que cada unidad esté de acuerdo, y luego de la revisión y aprobación por parte de la dirección de este sitio web (provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central), se enviará al Ministerio para su certificación antes de finales de febrero del mismo año. Artículo 9 La licencia será revisada una vez al año. El resumen anual será redactado por el titular de la licencia y firmado por la unidad a la que pertenece la licencia. La licencia será revisada y firmada por la oficina provincial (provincial, región autónoma, municipio). , sellado con el sello de registro y presentado al Ministerio para su archivo. Artículo 10 Si durante la revisión se determina que una persona es incompetente, la Oficina de la Red (provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central) podrá solicitar al Ministerio que retire la licencia. Si la revisión no se completa dentro del plazo, deberá completarse dentro de un plazo. Si la licencia no se revisa durante más de 6 meses sin motivos justificables, se considerará abandonada y la licencia caducará automáticamente. Artículo 11 La licencia tiene una validez de cuatro años y se expedirá una nueva después de su vencimiento. Las licencias que no pasen el reexamen y caduquen sin el reexamen no serán renovadas. Artículo 12 Las oficinas de cada red (provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central) son las principales agencias de asuntos legales y son responsables de presidir la revisión del personal que solicita licencias de sus empresas e instituciones afiliadas (incluidas empresas y instituciones afiliadas a las oficinas de suministro de energía regionales, municipales y de condado). Capítulo 3 Capacitación de Asesores Legales Artículo 13 Como asesores legales del sistema eléctrico (incluidos abogados externos), deberán recibir capacitación en sentido común de la gestión de energía eléctrica y habilidades profesionales en las leyes y reglamentos de energía eléctrica. Artículo 14 El personal que haya obtenido un permiso de trabajo de consultor legal deberá fortalecer la formación de conocimientos profesionales sobre las leyes y reglamentos recientemente promulgados. Artículo 15: Métodos, contenidos, etc. de la formación de los asesores jurídicos. , el Departamento de Políticas, Regulaciones y Sistemas del Ministerio o una agencia designada es responsable de garantizar la efectividad y calidad de la capacitación. Capítulo 4 Evaluación de los Asesores Legales Artículo 16 La evaluación de los asesores legales es responsabilidad del departamento de asuntos legales de cada oficina de la red (provincia, región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central), y se realiza una vez al año en conjunto con el proceso de otorgamiento de licencias. revisar. Artículo 17 La evaluación de los asesores jurídicos de las direcciones de Internet (provincial, autónoma y municipal directamente dependiente del Gobierno Central) forma parte del resumen anual de trabajo y será reportada al Departamento de Políticas, Normas y Sistemas del Ministerio de Hacienda para su presentación antes de finales de febrero + junio de cada año. Capítulo 5 Disposiciones Complementarias Artículo 18 El Departamento de Políticas, Normas y Sistemas del Ministerio es responsable de la interpretación de las presentes Medidas. Artículo 19 Estas Medidas se aplican a las empresas e instituciones del sistema eléctrico. Artículo 20 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.