Compensación por no competencia
Análisis legal: La no competencia es una cláusula de no competencia estipulada en el contrato laboral, acuerdo de propiedad de derechos de propiedad intelectual o acuerdo de confidencialidad tecnológica por parte del empleador al empleado que es responsable de guardar los secretos comerciales del empleador. es decir, dentro de un cierto período después de la terminación o rescisión del contrato laboral, los empleados no trabajarán para un empleador que produzca productos similares, opere negocios similares o tenga otras relaciones competitivas, ni podrán producir productos similares ni operar negocios similares. que compiten con la unidad original. El plazo será acordado previamente por las partes, pero no excederá de dos años.
Base legal: Artículo 23 de la “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China” El empleador y el empleado pueden acordar en el contrato de trabajo mantener los secretos comerciales del empleador y asuntos relacionados con la propiedad intelectual Asuntos confidenciales .
Para los empleados que tienen obligaciones de confidencialidad, el empleador puede acordar cláusulas de no competencia con el empleado en el contrato laboral o acuerdo de confidencialidad, y acordar que después de que se rescinda o rescinda el contrato laboral, la no competencia El período será una compensación financiera que se otorgará a los trabajadores mensualmente dentro del período. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia, deberá pagar una indemnización al empleador según lo acordado.
El artículo 24 de la "Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China" estipula que las personas sujetas a restricciones de no competencia se limitan a los altos directivos, el personal técnico superior del empleador y otro personal con obligaciones de confidencialidad. El alcance, el territorio y la duración de la no competencia serán acordados por el empleador y el empleado. El acuerdo de no competencia no violará las disposiciones de las leyes y reglamentos.
Una vez rescindido o rescindido el contrato de trabajo, el personal especificado en el párrafo anterior deberá dirigirse a otras unidades empleadoras que compitan con la unidad que produce u opera productos similares o se dedican a negocios similares, o inician sus propias negocio para producir u operar productos similares. El período de no competencia para negocios similares no excederá de dos años.