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¿Las anualidades profesionales se consideran propiedad conjunta del marido y la mujer?

Subjetividad Legal:

El seguro de anualidades es propiedad conyugal. El dinero del seguro obtenido por uno de los cónyuges sobre la base de un contrato de seguro con valor en efectivo condicionado a la supervivencia hasta una determinada edad se considerará propiedad conjunta de la pareja. Para las pólizas de seguro de anualidades adquiridas con los mismos bienes que marido y mujer después del matrimonio, tanto el titular de la póliza como el asegurado son marido y mujer (incluido el autoseguro o el seguro mutuo entre marido y mujer). Entonces la póliza pertenece a la propiedad conjunta del marido y la mujer. Por ejemplo, el valor en efectivo de la póliza de seguro debe dividirse en caso de divorcio, y la anualidad obtenida después del matrimonio también debe considerarse propiedad conjunta del marido y la mujer. y divididos juntos. Una póliza de seguro de anualidad adquirida con bienes muebles por uno de los cónyuges después del matrimonio se considera propiedad personal. En caso de divorcio, el valor en efectivo de la póliza no se dividirá si los beneficios del seguro de anualidad recibidos después del matrimonio no exceden la prima original; esta parte de la póliza de seguro de anualidad seguirá considerándose propiedad personal después del matrimonio.

Objetividad jurídica:

Artículo 1062 del Código Civil de la República Popular China: (1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales (2) Rentas de producción y operación e inversiones; (3) Rentas de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros bienes que deban ser propiedad de * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes. Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges: (1) Los bienes de uno de los cónyuges antes del matrimonio; (2) La compensación o compensación recibida por una de las partes por daños personales (3) Los bienes que se determine que pertenecen únicamente a él; una de las partes en el contrato de testamento o donación; (4) Necesidades diarias utilizadas exclusivamente por una de las partes; (5) Otros bienes que deberían ser propiedad de una de las partes;