¿Cuál es el estado actual, el propósito y la importancia de la investigación sobre propiedad intelectual y conflictos comerciales?
Palabras clave: propiedad intelectual; estándares mínimos de protección; TR IPS
1. La formación del mecanismo de trinquete para la protección internacional de la propiedad intelectual
El origen de la el mecanismo internacional de protección de la propiedad intelectual El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, firmado en 1883, y el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, firmado en 1886. Antes de esto, no existían normas internacionales para la protección de la propiedad intelectual y la regionalidad era una de sus características más importantes. El Convenio de París y el Convenio de Berna sentaron las bases para la formación del sistema internacional de protección de la propiedad intelectual. Su contenido principal es estipular los estándares mínimos que los países deben cumplir al formular sus propias leyes de propiedad intelectual y brindar a los extranjeros una protección. sujeto a obtener derechos y protección, hasta cierto punto rompe la protección legal original limitada por las fronteras de un país y un lugar, y mejora el nivel de protección.
En 1970 se creó formalmente la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Los tratados internacionales administrados por la Organización de la Propiedad Intelectual constituyen el contenido principal de la protección internacional multilateral de los derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, las deficiencias en la aplicación de las OPI han insatisfecho a los países desarrollados, y de vez en cuando también se han producido conflictos comerciales causados por la protección de la propiedad intelectual. Por lo tanto, los países desarrollados esperan utilizar el mecanismo de solución de disputas del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio para proteger los derechos de propiedad intelectual de manera más efectiva. Por primera vez, las negociaciones de la Ronda Uruguay lograron formular nuevas disposiciones específicas en forma de un tratado internacional sobre la implementación de los derechos de propiedad intelectual, los procedimientos para obtener y mantener los derechos de propiedad intelectual y la prevención y solución de disputas. Este es el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.
TR IPS en sí es un acuerdo global para mejorar la protección de la propiedad intelectual. Establece estándares mínimos para la protección de la propiedad intelectual para todos los estados miembros, proporciona un mecanismo obligatorio de resolución de disputas y protege en gran medida los intereses de los titulares de derechos de propiedad intelectual. Hasta ahora, han surgido uno tras otro tratados bilaterales y tratados multilaterales, y se ha formado un mecanismo de trinquete para evitar la reversión en el campo de la protección internacional de la propiedad intelectual: en primer lugar, se forma un mecanismo de trinquete para la protección internacional de la propiedad intelectual basado en la cláusulas estándar de protección mínima en tratados bilaterales y multilaterales de propiedad intelectual. Tomando como ejemplo el Acuerdo TR IPS, el párrafo 1 del artículo 1 estipula: “Los Miembros darán efecto a las disposiciones de este Acuerdo. Los Miembros podrán, pero no están obligados a hacerlo, implementar en sus leyes internas una protección más amplia que la requerida por este Acuerdo. , siempre y cuando no violen este Acuerdo”. Esto puede considerarse una manifestación típica de “estándares mínimos”. De hecho, todos los tratados bilaterales o multilaterales de protección de la propiedad intelectual desde el Convenio de París contienen disposiciones similares.
Por lo tanto, las partes del tratado pueden brindar una protección más amplia y preferencial sin apartarse del tratado, y los tratados posteriores naturalmente establecerán estándares de protección más altos.
En segundo lugar, el funcionamiento del moderno mecanismo de trinquete para la protección internacional de la propiedad intelectual se basa en la reubicación de los lugares de negociación. Si analizamos el desarrollo de la protección internacional de la propiedad intelectual en los últimos años, podemos ver que el lugar de negociación para que los países desarrollados promuevan la protección de la propiedad intelectual se ha desplazado entre la OMC y la OMPI. Después de TR IPS, su objetivo es alcanzar los más altos estándares de protección de la propiedad intelectual en todo el mundo, el más representativo de los cuales es el "sistema global de patentes" defendido por Estados Unidos y Japón. La OMPI firmó el Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT) en junio de 2000. En mayo de 2001 se debatió por primera vez el proyecto de Tratado sobre el Derecho Sustantivo de Patentes (SPLT). En agosto de 2006, el Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual anunció una propuesta denominada "Agenda de Patentes de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual". Desde entonces, el Comité Permanente sobre el Derecho de Patentes de la OMPI ha debatido muchas veces la revisión del SPLT. El Foro Internacional de Protección de la Propiedad Intelectual regresó a la WIIPO, que está trabajando arduamente para crear un marco legal internacional de patentes y mejorar aún más el nivel de protección internacional de la propiedad intelectual. Los países desarrollados primero aprovecharon las diferentes ventajas de la OMPI y la OMC para establecer espacios de negociación en foros con menos obstáculos y más fácil éxito. Después de negociaciones exitosas, los miembros de la OMC pueden aceptar los conocimientos y estándares alcanzados en el acuerdo multilateral de conformidad con el artículo 71 del Acuerdo TR IPS.
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En segundo lugar, el impacto del mecanismo de trinquete de protección internacional de la propiedad intelectual en los países en desarrollo.
El mecanismo de trinquete de protección internacional de la propiedad intelectual está desempeñando un papel cada vez más importante. Tomando como ejemplo el campo de las patentes, la OMPI no sólo inició la reforma del PCT, sino que también utilizó el PLT para coordinar y unificar las solicitudes de patentes y las patentes nacionales y regionales. La revisión del borrador del SPLT fue discutida repetidamente en un intento por unificar algunos principios legales para la autorización y validez de patentes en varios países, como las definiciones de estado de la técnica, novedad, actividad inventiva (no evidencia) y aplicabilidad industrial, características suficientes de divulgación. y los requisitos de las reclamaciones. Estructura y explicación, etc. , el objetivo es llegar a establecer una ley internacional unificada de patentes. Se puede ver que la protección internacional de los trinquetes en el campo del derecho de patentes se ha desplazado de las normas formales a las normas sustantivas. El alcance de la protección es cada vez más amplio y los intereses nacionales relacionados con las patentes se ajustarán o redistribuirán en gran medida.
Sin embargo, el efecto de trinquete ha elevado repetidamente los estándares de protección, y las nuevas regulaciones resultantes del mecanismo de trinquete son muy desfavorables para los países en desarrollo. En términos generales, cuanto mayor es el grado de protección de las patentes, mayores son los beneficios institucionales que aporta la innovación tecnológica y menores los beneficios institucionales que aporta el uso (difusión) de la tecnología, y viceversa. Por lo tanto, cuanto mayor sea el grado de protección de las patentes, mejor. Más bien, existe un grado óptimo de protección o punto de protección basado en las circunstancias de cada país, en el que se maximizan los beneficios del sistema. La determinación de este punto óptimo depende de la innovación técnica específica y del uso técnico del sistema.
Estados Unidos, Japón y la Unión Europea, que abogan activamente por el establecimiento de un sistema global de patentes, tienen niveles relativamente altos de desarrollo económico y tecnológico, han invertido mucho en investigación y desarrollo de alta tecnología, y tienen una fuerte demanda de protección mediante patentes, por lo que sus niveles óptimos de protección son relativamente altos. En cambio, los países en desarrollo tienen niveles óptimos de protección más bajos. El conflicto de intereses entre ellos es evidente. Muchos países en desarrollo no otorgan protección mediante patentes a objetos especiales como variedades de animales y plantas y genes humanos basándose en sus propias tradiciones, religiones, ética o consideraciones de interés público; Estados Unidos cree que todo en el mundo puede ser patentado; El sistema agrícola mundial promovido por Estados Unidos convierte en realidad a los agricultores en aparceros, pagando grandes sumas de dinero por semillas, variedades de plantas, fertilizantes y pesticidas protegidos por patentes. Después de que el Acuerdo sobre los ADPIC entró en vigor, a los miembros se les restringió el uso de métodos como la ingeniería inversa para imitar productos innovadores, lo que generó obstáculos para que los países en desarrollo alcanzaran tecnológicamente a los países desarrollados. Es previsible que si se firma una ley global de patentes, los países en desarrollo estarán sujetos a reglas más estrictas que las de la OMC, pero beneficiará a los titulares de patentes en Estados Unidos, Japón y Europa.
Tres. Contramedidas de los países en desarrollo
Desde una perspectiva histórica, los países desarrollados no se vieron afectados por la protección de patentes en las primeras etapas de la industrialización y gradualmente establecieron una fuerte competitividad científica y tecnológica a través de la copia y la imitación. Ahora están tratando de reemplazar las normas internacionales por normas nacionales y exigen el establecimiento de un sistema de patentes fuerte, lo que obviamente es injusto para los países en desarrollo. Un mayor avance del mecanismo de trinquete bloqueará las gargantas del desarrollo de los países en desarrollo. Por lo tanto, los países en desarrollo deberían:
Primero, analizar cuidadosamente, aprovechar al máximo la flexibilidad permitida por el sistema existente y esforzarse por lograr un espacio de flexibilidad. El ritmo de la protección de la propiedad intelectual no permite ninguna regresión en el grado y alcance de la protección. Sin embargo, por ahora, este sistema todavía ofrece a los miembros más flexibilidad. Por ejemplo, TR IPS es reconocido como un acuerdo con amplia cobertura, altos estándares y requisitos estrictos. Sin embargo, todavía permite una protección débil, a diferencia de las patentes sobre secuencias genéticas, variedades de plantas genéticamente modificadas, nuevas variedades de plantas, software informático y métodos comerciales. Los artículos 13, 17, 26 y 30 del Acuerdo sobre los ADPIC enumeran restricciones o excepciones sobre derechos de autor, patentes, marcas y diseños industriales. Los artículos 8 y 27 sobre "licencias obligatorias" son disposiciones flexibles importantes que otorgan a los estados miembros el derecho de controlar. el abuso de los derechos de propiedad intelectual y mantener el equilibrio entre los derechos privados y los intereses públicos nacionales.
En segundo lugar, defender activamente y esforzarse por ampliar el “espacio para compartir conocimientos”. La mayoría de los países del mundo reconocen que los derechos de propiedad intelectual son derechos privados, principalmente derechos de propiedad de productos intelectuales. Sin embargo, el ámbito de las ideas, para usar el lenguaje de los economistas, no es tan conflictivo como el ámbito de lo tangible. "Lo que tiene de especial es que nadie posee menos porque otro lo posee". [2] Por un lado, el sistema existente reconoce que los derechos de propiedad intelectual son monopolios limitados, y deberíamos otorgar a los propietarios suficientes derechos de control para estimular sus derechos. creación; por otro lado, el sistema existente reconoce que los derechos de propiedad intelectual son monopolios limitados. Por un lado, lo que crean termina en el dominio público. Por lo tanto, deberíamos permitir y fomentar la inversión directa en productos de conocimiento de dominio público. El código abierto, o software libre, es código que encuentra un hogar en el dominio público.
La Licencia Pública (Licencia pública) difundida por software de código abierto permite que cualquier otra persona pueda acceder a sus recursos sin el permiso de nadie, como por ejemplo sistemas abiertos como Linux e innovaciones basadas en Linux además, existen Obras para las cuales se han declarado derechos de autor en el; forma de "disfrute creativo". [3] El país debería demostrar el valor de los espacios para compartir conocimientos y hacer que los trabajadores científicos y tecnológicos también se den cuenta: "Sólo si nosotros, los universitarios, resistimos la tentación de cobrar grandes regalías por las patentes, podremos resistir el cierre [4]. El espacio ampliado para compartir conocimientos ampliará los beneficios sistémicos generados por la difusión de tecnología.
En tercer lugar, fortalecer la cooperación con otros países en desarrollo, celebrar tratados marco, expresar las propias posiciones y puntos de vista de los países en desarrollo sobre cuestiones importantes y esforzarse por eliminar el desequilibrio de intereses entre los países desarrollados y en desarrollo. Los países en desarrollo deberían participar activamente y controlar la agenda internacional de armonización del derecho de patentes de acuerdo con sus propias condiciones, especialmente las disposiciones irrazonables. El “Plan de Desarrollo de IPO” propuesto por Brasil, Argentina y otros países es un buen ejemplo. El fracaso de las negociaciones comerciales mundiales en septiembre de 2003 también demostró que es factible que los países en desarrollo digan "no".