Litigio para confirmar la nulidad de actos civiles
Según las disposiciones legales, las circunstancias estatutarias para los actos civiles nulos son: 1. El sujeto no está capacitado para celebrar un contrato. Es decir, son nulos los actos jurídicos civiles realizados por una persona sin capacidad para conducta civil. 2. Significa que el contrato es falso. Por ejemplo, el actor y la contraparte representan falsamente que el acto jurídico civil es inválido. 3. Firmar un contrato ilegal. Son nulos los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. 4. Son nulos los contratos que violen el orden público y las buenas costumbres, es decir, los actos jurídicos civiles que violen el orden público y las buenas costumbres. 5. Un contrato que se colude maliciosamente para perjudicar los intereses de otros. Es decir, es nulo el acto jurídico civil en el que el actor se confabula maliciosamente con la contraparte y lesiona los derechos e intereses legítimos de otros. 6. La cláusula de exención de responsabilidad no es válida. Las siguientes cláusulas de exención del contrato no son válidas: (1) causar daños personales a la otra parte (2) causar daños a la propiedad a la otra parte debido a dolo o negligencia grave;
Objetividad jurídica:
El artículo 146 del Código Civil establece que son nulos los actos jurídicos civiles realizados por el actor y la contraparte con falsa intención. La validez de los actos jurídicos civiles encubiertos con falsas intenciones se regulará de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.