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Disposiciones transitorias sobre la gestión de la evaluación de títulos profesionales

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de estandarizar los procedimientos de revisión de títulos profesionales, fortalecer la gestión de revisión de títulos profesionales y garantizar la calidad de la revisión de títulos profesionales, estos reglamentos se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y las disposiciones del Consejo de Estado. Artículo 2 La evaluación de títulos profesionales se refiere a la evaluación e identificación de la moral, capacidad y desempeño del personal profesional y técnico de acuerdo con normas y procedimientos de evaluación. Los resultados de la evaluación de títulos profesionales son una base importante para la contratación, evaluación y promoción del personal profesional y técnico.

Esta disposición se aplica a empresas, instituciones, grupos sociales, organizaciones económicas individuales, etc. (en adelante, el empleador) y los trabajadores independientes realizan evaluaciones de títulos del personal profesional y técnico. Artículo 3 La revisión de títulos profesionales se ajustará al principio de capacidad e integridad política, poniendo la moralidad en primer lugar, y evaluará científica y justamente la ética profesional, la capacidad de innovación, el nivel de desempeño y la contribución real del personal profesional y técnico. Artículo 4 El departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado es responsable de la planificación general y la gestión integral de la revisión nacional de títulos profesionales. Los departamentos administrativos locales de recursos humanos y seguridad social a nivel de condado o superior son responsables de la gestión y organización integral de la revisión de títulos profesionales en sus respectivas regiones.

Las autoridades de la industria son responsables de la gestión e implementación de las revisiones de títulos de la industria dentro de su respectivo ámbito de responsabilidades. Artículo 5 Las normas de evaluación de títulos profesionales se dividen en normas nacionales, normas regionales y normas unitarias.

Los estándares nacionales para cada serie de títulos profesionales son formulados por el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado en conjunto con las autoridades de la industria.

Los estándares regionales son formulados por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social de cada región en conjunto con las autoridades de la industria en función de los estándares nacionales y las condiciones reales de la región.

Los estándares de la unidad son formulados por el empleador con el poder de evaluar títulos profesionales con base en los estándares nacionales y locales y en combinación con la situación real de la unidad.

Los estándares regionales y los estándares unitarios no serán inferiores a los estándares nacionales. Capítulo 2 Comité de Revisión de Títulos Profesionales Artículo 6 Todas las regiones, departamentos y empleadores deberán solicitar el establecimiento de un comité de revisión de títulos profesionales y llevar a cabo el trabajo de revisión de títulos profesionales de acuerdo con las regulaciones.

El Comité de Revisión de Títulos Profesionales es responsable de evaluar y valorar el nivel académico y técnico y las capacidades profesionales del personal profesional y técnico, y es responsable y supervisado por la unidad de establecimiento.

Los comités de evaluación de títulos profesionales se establecen según series de títulos profesionales o especialidades, y no se permite establecer comités integrales de evaluación de títulos profesionales entre series. Artículo 7 El comité de evaluación de títulos profesionales se divide en comités de evaluación de títulos profesionales senior, intermedio y junior.

Para solicitar el establecimiento de un comité de revisión de títulos profesionales senior, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) La serie de títulos profesionales o especialización a revisar es la del profesional principal. serie de títulos o especialidades de la unidad establecida por el comité de revisión de títulos profesionales

(2) La serie de títulos profesionales o especialidades a evaluar tienen una influencia importante en la industria y pueden representar el nivel de desarrollo profesional en la misma; este campo;

(3) Hay un cierto número de personal profesional y técnico y expertos calificados en revisión de títulos profesionales senior;

(4) La capacidad de realizar revisiones de títulos profesionales senior. Artículo 8 El estado implementa un sistema de gestión de aprobación y presentación de comités de revisión de títulos profesionales. El período de vigencia del registro del comité de evaluación de títulos profesionales no excederá los 3 años. Una vez vencido el período de validez, el registro será nuevamente aprobado.

Los comités de evaluación de títulos profesionales senior establecidos por varios departamentos del Consejo de Estado, empresas centrales, asociaciones industriales nacionales y agencias de servicios de intercambio de talentos son aprobados y presentados por el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado. ; los comités de evaluación de títulos profesionales de alto nivel establecidos en varias regiones serán aprobados y archivados por el departamento administrativo provincial de recursos humanos y seguridad social; los comités de revisión de títulos profesionales de alto nivel establecidos por otros empleadores serán aprobados y archivados por el departamento administrativo de recursos humanos y de seguridad social; departamento a nivel provincial o superior de acuerdo con la autoridad de gestión de revisión de títulos profesionales.

Las condiciones para solicitar el establecimiento de comités de evaluación de títulos profesionales intermedios y junior y los métodos específicos para su aprobación y presentación serán determinados por varios departamentos del Consejo de Estado, los departamentos administrativos provinciales de recursos humanos y seguridad social y empleadores con autoridad de evaluación de títulos profesionales de acuerdo con la autoridad de gestión de evaluación de títulos profesionales formulada. Artículo 9 El comité de evaluación de títulos profesionales estará integrado por un número impar de miembros, con un director y un subdirector según las necesidades del trabajo. Habrá no menos de 25 expertos en el comité evaluador de títulos profesionales senior establecido según series de títulos profesionales, y no menos de 11 expertos en el comité evaluador de títulos profesionales senior establecido según carreras. El número de comités de evaluación de títulos profesionales superiores establecidos en cada región puede ajustarse adecuadamente con el consentimiento del departamento administrativo provincial de recursos humanos y seguridad social. Artículo 10 Los peritos evaluadores del comité de evaluación de títulos profesionales deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Respetar la constitución y las leyes;

(2) Tener buena ética profesional;

(3) Tener títulos profesionales y técnicos de la serie de títulos profesionales o niveles correspondientes;

(4) Realizar labores profesionales y técnicas en este campo;

(5) Ser capaz de desempeñar responsabilidades de revisión de títulos profesionales.

El mandato del perito evaluador de ofertas no podrá exceder los 3 años. Artículo 11 Las regiones, departamentos y empleadores pueden establecer una base de datos de expertos del comité de revisión de títulos profesionales basada en series de títulos profesionales o especialidades, y seleccionar aleatoriamente un número específico de expertos revisores de la base de datos de expertos del comité de revisión de títulos profesionales para formar un comité de revisión de títulos profesionales.

La base de datos de expertos del comité de evaluación de títulos profesionales estará sujeta a aprobación y archivo con referencia al artículo 8 de este reglamento. No se registrará el comité de evaluación de títulos profesionales integrado por expertos extraídos de la base de datos de expertos. Artículo 12 Las unidades constitutivas del comité de evaluación de títulos profesionales podrán establecer una oficina de evaluación de títulos profesionales o designar una agencia especializada como oficina de evaluación de títulos profesionales responsable del trabajo diario de evaluación de títulos profesionales.