Elementos de las relaciones económicas y jurídicas
Las relaciones jurídicas se componen de tres elementos: sujeto, objeto y contenido, y las relaciones económicas jurídicas no son una excepción. Estos tres elementos son componentes integrales de las relaciones jurídicas económicas.
1. Sujeto
El sujeto de las relaciones jurídicas económicas es la premisa para el surgimiento de las relaciones jurídicas económicas y es el poseedor, usuario y practicante del objeto. El sujeto es portador de derechos y obligaciones económicos. Sin el sujeto, no habría condiciones para que la posibilidad de que los derechos y la necesidad de las obligaciones se transformen en derechos y obligaciones reales, y no habría contenido de las relaciones jurídicas económicas.
En mi país, los sujetos de las relaciones jurídicas económicas incluyen las siguientes categorías: organismos estatales, grupos sociales, organizaciones internas y personas naturales.
2. Objetivo
El objeto de las relaciones jurídicas económicas es el objeto al que se dirigen los derechos y obligaciones del sujeto de la relación jurídica. Sin el objeto de las relaciones jurídicas económicas, las actividades de los sujetos de las relaciones jurídicas económicas pierden su significado y sus derechos y obligaciones pierden su finalidad.
Los objetos de las relaciones jurídicas económicas incluyen principalmente: objetos, conductas económicas, logros intelectuales y derechos.
3. Contenido
El contenido de las relaciones jurídicas económicas es la esencia y el núcleo de las relaciones jurídicas económicas, es el puente que conecta al sujeto y el objeto, y refleja directamente las exigencias y las exigencias. intereses del sujeto de la relación jurídica. Es solo que el sujeto y el objeto no están relacionados entre sí a través de derechos y obligaciones, y es imposible formar una relación jurídica. El contenido de las relaciones jurídicas económicas tiene su propia particularidad, además de los derechos y obligaciones generales, también incluye el poder de las relaciones jurídicas económicas.
Por tanto, los tres elementos de las relaciones económicas y jurídicas son componentes orgánicos estrechamente relacionados e inseparables. Si alguno de ellos se elimina, no constituirá una relación jurídica económica. Si alguno de ellos se cambia, dejará de ser la relación económica y jurídica original.
Datos ampliados:
Como una de tantas relaciones jurídicas, las relaciones jurídicas económicas tienen características propias además de las características generales de las relaciones jurídicas.
1. La relación jurídica económica es una relación jurídica que unifica la relación de gestión económica y la relación de cooperación económica. Aunque existen diferencias entre las relaciones de gestión económica y las relaciones de cooperación económica reguladas por el derecho económico, están orgánicamente unificadas y son dos aspectos inseparables de las relaciones sociales y económicas.
2. Las relaciones jurídicas económicas se basan en derechos y obligaciones económicas. Cualquier relación jurídica se basa en ciertos derechos y obligaciones entre las partes. Los dos aspectos inseparables de las relaciones jurídicas económicas son los derechos económicos y las obligaciones económicas; de lo contrario, no es una relación jurídica económica. Esos derechos y obligaciones económicos reflejan directamente los intereses económicos entre las partes y encarnan la economía.
3. Las relaciones económicas y jurídicas se realizarán por escrito, salvo las formas orales permitidas por la ley. La creación y los cambios de las relaciones económicas y legales generalmente se expresan en escritos legales para reflejar la estabilidad y seriedad de las relaciones económicas y legales y servir como base para manejar posibles disputas en el futuro.
Materiales de referencia:
Enciclopedia Baidu-Relaciones económicas y jurídicas