¿Cómo puedo recuperar el dinero que mi marido transfirió a mi amante?
Análisis jurídico: El Código Civil de nuestro país estipula que, en circunstancias normales, la mujer puede demandar al tribunal para recuperar el dinero entregado a la amante por su marido desde la perspectiva de que la propiedad donada pertenece al marido y a la mujer. . Los bienes familiares son propiedad exclusiva del marido y la mujer, y ambos gozan de los mismos derechos para gestionarlos. La ley considerará a la amante como un tercero malicioso, y la amante recibirá propiedad gratuita, lo que daña gravemente los derechos de propiedad de la mujer y viola el orden público y las buenas costumbres. El tribunal generalmente dictaminará que el contrato de donación. no es válida y exige que la dueña devuelva la propiedad.
Base jurídica: “La República Popular China y el Código Civil”
Artículo 1062: Los siguientes bienes adquiridos por marido y mujer durante la relación matrimonial serán propiedad del marido y esposa* **Los mismos bienes serán propiedad conjunta del marido y la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales (2) ingresos de producción, operación e inversión (3) ingresos de propiedad intelectual; derechos; (4) rentas provenientes de derechos de propiedad intelectual; ) bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) otros bienes que serán propiedad del consorcio; ?El marido y la mujer tienen iguales derechos a manejar la misma propiedad. ?
Artículo 1063. Son bienes muebles de uno de los cónyuges: (1) los bienes prematrimoniales; (2) la compensación que recibe una de las partes por daños personales a los bienes prematrimoniales de la otra o Compensación; (3) Bienes determinados que pertenecen a una sola parte en el contrato de testamento o donación; (4) Necesidades diarias exclusivamente para una de las partes; (5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes;
El marido y la mujer podrán acordar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes adquiridos antes del matrimonio sean propiedad del otro o de forma conjunta, o podrán ser en parte propiedad del otro o en parte de forma conjunta. Porque si este tipo de acuerdo es oral, es incierto y propenso a disputas, por lo que la ley estipula que el acuerdo debe constar por escrito.