Mi jefe me prestó dinero y de repente me despidió. ¿No sigue siendo legal el dinero que le pedí prestado a mi jefe?
Cuando el representante legal de un empleador presta dinero a los empleados, la relación entre el representante legal y el representante legal del empleador es un préstamo civil, el cual está sujeto a la regulación del derecho contractual. Cuando un empleador despide a un empleado, el empleador tiene una relación laboral y está regulada por la Ley de Contrato de Trabajo. Las dos son relaciones jurídicas diferentes, leyes aplicables diferentes y objetos diferentes, y no pueden confundirse.
Si el empleador despide al empleador ilegalmente, o no paga una compensación económica y completa los procedimientos de acuerdo con la ley, el empleado puede quejarse ante la inspección del trabajo o solicitar un arbitraje de conflictos laborales para salvaguardar sus derechos en conforme a la ley.
Ley de Contratos
Artículo 196 Un contrato de préstamo es un contrato en el que el prestatario toma dinero prestado del prestamista y reembolsa el préstamo a su vencimiento y paga intereses.
Artículo 197 El contrato de préstamo deberá constar por escrito, salvo pacto en contrario entre personas naturales.
El contenido del contrato de préstamo incluye el tipo de préstamo, moneda, finalidad, importe, tipo de interés, plazo y forma de pago.
Pago.
Artículo 206 El prestatario deberá reembolsar el préstamo en el plazo acordado. No existe ningún acuerdo o acuerdo sobre el plazo del préstamo.
Si la definición no es clara y no puede determinarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, el prestatario podrá devolverla en cualquier momento; el prestamista podrá instar al prestatario; devolverlo en un plazo razonable.
Artículo 207 Si el prestatario no reembolsa el préstamo dentro del plazo acordado, deberá reembolsarlo de conformidad con el acuerdo o la normativa nacional pertinente.
Prevé el pago de intereses vencidos.
Ley de Arbitraje y Mediación de Conflictos Laborales
Artículo 5: Si ocurre un conflicto laboral y las partes no están dispuestas a negociar, no logran llegar a un acuerdo o no cumplen el acuerdo de conciliación después llegar a él, pueden solicitar la mediación a una organización de mediación, si desea mediar, pero si la mediación falla o si no cumple con el acuerdo de mediación después de alcanzarlo, puede solicitar el arbitraje al Comité de Arbitraje de Disputas Laborales; Si no está satisfecho con el laudo arbitral, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular, salvo disposición en contrario de esta Ley.
Artículo 9 Si un empleador viola las regulaciones estatales e incumple o no paga la remuneración laboral en su totalidad, o incumple los gastos médicos, la compensación económica o la compensación por lesiones relacionadas con el trabajo, los trabajadores pueden quejarse ante la administración del trabajo. El departamento debe manejarlo de acuerdo con la ley.