Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Condena y sentencia por el delito de difusión de información nociva en línea.

Condena y sentencia por el delito de difusión de información nociva en línea.

Análisis jurídico: Quien cometa este delito será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años, prisión penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos. Cualquiera que cometa este delito, excepto aquellos que pongan en peligro gravemente el orden social y los intereses nacionales, será denunciado a la policía antes de ser procesado. Si usted, a sabiendas, difunde en la red de información hechos inventados para dañar la reputación de otros y las circunstancias son atroces, se considerará como "fabricar hechos para difamar a otros". Sin embargo, si el autor no sabe que los hechos falsos son inventados por otros y los publica y vuelve a publicar en la red de información, incluso si causa algún daño a la reputación de la víctima, según el principio de coherencia entre sujeto y objeto, no constituye un delito de difamación.

Base jurídica: el artículo 1 de las "Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular y de la Fiscalía Suprema Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en la tramitación de casos penales como la difamación mediante el uso de redes de información" debe ser reconocido como artículo 246 de la Ley Penal "Fabricar hechos para difamar a otros" según lo estipulado en este párrafo: (1) Fabricar hechos que dañen la reputación de otros y difundirlos en la red de información, u organizar o instigar a personas a difundirlos en la misma. la red de información; (2) Convertir el contenido de información original que involucra a otros en la red de información. Manipular hechos que dañan la reputación de otros y difundirlos en la red de información, u organizar o instruir a personas para que los difundan en la red de información; Difundir a sabiendas hechos que dañan la reputación de otros son inventados en la red de información, y las circunstancias son atroces, serán considerados como "fabricación" hechos que difaman a otros”.