Propiedad personal
Artículo 75 de los Principios Generales del Derecho Civil: La propiedad personal de un ciudadano incluye los ingresos legítimos del ciudadano, la casa, los ahorros, las necesidades diarias, las reliquias culturales, los libros y materiales, la madera, el ganado, los medios de producción y otra propiedad legal permitida por la ley. La propiedad legal de los ciudadanos está protegida por la ley, y cualquier organización o individuo tiene prohibido apropiarse indebidamente, saquearla, destruirla, sellarla, detenerla, congelarla o confiscarla ilegalmente. Artículo 92 de la "Ley Penal": El término "propiedad privada de los ciudadanos" tal como se utiliza en esta ley se refiere a las siguientes propiedades: (1) los ingresos legales, los ahorros, las casas y otros medios de vida de los ciudadanos;
(2) Los medios de producción propiedad de individuos y familias de conformidad con la ley;
(3) La propiedad legal de individuos y empresas privadas;
(4) Acciones, participaciones, bonos y otras acciones propiedad de personas físicas conforme a la ley.