¿Infringe los derechos de propiedad intelectual si una persona traduce un libro en un idioma extranjero y lo publica?
Los derechos de traducción pertenecen a los derechos personales y de propiedad de los derechos de autor, y el comportamiento que mencionaste constituye una infracción.
El artículo 10 de la "Ley de Derecho de Autor" El derecho de autor incluye los siguientes derechos personales y de propiedad: (1) El derecho a publicar, es decir, el derecho a decidir si una obra se hará pública (2; ) El derecho de firma, es decir, de indicar la identidad del autor y firmar su nombre en la obra (3) El derecho de modificación, es decir, el derecho de modificar o autorizar a otros a modificar la obra; derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones o alteraciones (5) El derecho de reproducción, es decir, el derecho a imprimir, copiar, El derecho a hacer una o más copias de; una obra mediante calco, grabación, videograbación, doblaje o fotocopia, etc. (6) El derecho de distribución, es decir, el derecho a proporcionar el original o copias de una obra al público vendiéndola o donándola; ) El derecho a alquilar, es decir, el derecho a permitir que otros utilicen temporalmente obras cinematográficas y obras creadas mediante métodos similares a la realización cinematográfica, y software informático a cambio de una tarifa, excepto que el software informático no sea el objeto principal del arrendamiento (8; ) El derecho a la exhibición, es decir, la exhibición pública de bellas artes, fotografía El derecho al original o copia de la obra (9) El derecho a realizar, es decir, el derecho a realizar públicamente la obra, y el derecho; difundir públicamente la ejecución de la obra por diversos medios; (10) El derecho a la proyección, es decir, a reproducir públicamente el arte a través de proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos, fotografías, películas y obras creadas por métodos similares a la cinematografía; (11) Derechos de radiodifusión, es decir, la radiodifusión pública o difusión de obras por medios inalámbricos, la difusión de obras radiodifundidas al público mediante difusión o retransmisión por cable, y El derecho a difundir obras radiodifundidas al público a través de altavoces u otras herramientas similares que transmiten símbolos, sonidos e imágenes (12) Derechos de difusión de redes de información, es decir, proporcionar obras al público de forma cableada o inalámbrica para que el público pueda utilizarlas en su forma personal. El derecho a obtener la obra en el momento seleccionado; y lugar (13) Derecho de filmación, es decir, el derecho de fijar la obra en un soporte mediante la realización de una película o un método similar a hacer una película (14) Derecho de adaptación, es decir, cambiar la obra, crear el derecho; producir obras nuevas y originales; (15) El derecho de traducción, es decir, el derecho de convertir una obra de un idioma a otro; (16) El derecho de compilación, es decir, el derecho de una obra o de un fragmento de; una obra mediante la selección o El derecho de organizar y ensamblar en nuevas obras (17) Otros derechos que debe disfrutar el propietario de los derechos de autor. El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley. El propietario de los derechos de autor podrá transferir total o parcialmente los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo y recibir una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta ley.