Contenido de la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses de las Mujeres y los Niños"
Artículo 1 Con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de las mujeres, promover la igualdad entre hombres y mujeres y dar pleno juego al papel de las mujeres en la modernización socialista, esta ley se formula en de conformidad con la Constitución y la situación real de China.
Artículo 2. Las mujeres disfrutan de iguales derechos que los hombres en la vida política, económica, cultural, social y familiar.
El Estado protege los derechos e intereses especiales de los que disfrutan las mujeres de conformidad con la ley y mejora gradualmente el sistema de seguridad social para las mujeres.
Está prohibida la discriminación, el abuso y la mutilación de la mujer.
Artículo 3: La protección de los derechos e intereses legítimos de las mujeres es responsabilidad común de toda la sociedad. Los organismos estatales, los grupos sociales, las empresas e instituciones y las organizaciones autónomas de masas urbanas y rurales protegerán los derechos e intereses de las mujeres de conformidad con las disposiciones de esta Ley y las leyes pertinentes.
El Estado toma medidas efectivas para proporcionar las condiciones necesarias para que las mujeres ejerzan sus derechos de conformidad con la ley.
Artículo 4 El Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central tomarán medidas organizativas para coordinar los departamentos pertinentes para proteger los derechos e intereses de las mujeres. Las instituciones específicas serán estipuladas por el Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 5 La Federación Panchina de Mujeres y las federaciones de mujeres de todos los niveles representarán y salvaguardarán los intereses de las mujeres de todos los grupos étnicos y de todos los ámbitos de la vida, y harán un buen trabajo para proteger los derechos e intereses de las mujeres. .
Los sindicatos y la Liga de la Juventud Comunista deberían hacer un buen trabajo para salvaguardar los derechos e intereses de las mujeres dentro de sus respectivos ámbitos laborales.
Artículo 6: El Estado alienta a las mujeres a tener autoestima, confianza en sí mismas, autosuficiencia y superación personal, y utiliza la ley para proteger los derechos e intereses legítimos de las mujeres.
Las mujeres deben respetar las leyes nacionales, respetar la ética social y cumplir con sus obligaciones bajo la ley.
Artículo 7 Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes elogiarán y recompensarán a las organizaciones e individuos que hayan logrado logros notables en la protección de los derechos e intereses legítimos de las mujeres.
Capítulo 2 Derechos Políticos
Artículo 8 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos políticos que los hombres.
Artículo 9 Las mujeres tienen derecho a gestionar los asuntos nacionales, las empresas económicas y culturales y los asuntos sociales a través de diversos canales y formas.
Artículo 10: Las mujeres tienen iguales derechos a votar y a presentarse a las elecciones que los hombres.
El Congreso Nacional del Pueblo y los congresos del pueblo local en todos los niveles deben tener un número apropiado de representantes mujeres y aumentar gradualmente la proporción de mujeres representantes.
Artículo 11 El Estado cultivará y seleccionará activamente cuadros femeninos.
Al nombrar cuadros, las agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones deben adherirse al principio de igualdad entre hombres y mujeres y prestar atención a la formación y selección de cuadros femeninos como miembros dirigentes.
El Estado concede gran importancia al cultivo y selección de cuadros femeninos de minorías étnicas.
Artículo 12 Las federaciones de mujeres de todos los niveles y los miembros de sus grupos podrán recomendar cuadros femeninos a agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones.
Artículo 13: Los departamentos pertinentes escucharán y adoptarán críticas o sugerencias razonables para proteger los derechos e intereses de las mujeres; para las quejas, acusaciones e informes que infrinjan los derechos e intereses de las mujeres, los departamentos pertinentes deben determinar los hechos y manejarlos. de manera responsable. Las organizaciones y los individuos no deben reprimirlos ni tomar represalias.
Capítulo 3 Derechos Culturales y Educativos
Artículo 14 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos culturales y educativos que los hombres.
Artículo 15 Las escuelas y los departamentos pertinentes implementarán las regulaciones nacionales pertinentes para garantizar que las mujeres disfruten de los mismos derechos que los hombres en términos de admisión, educación superior, asignaciones de graduación, concesión de títulos y envío a estudiar en el extranjero.
Artículo 16 Las escuelas deberán tomar medidas en educación, gestión, instalaciones, etc. en función de las características de las adolescentes para garantizar el desarrollo saludable de las adolescentes.
Artículo 17 Los padres u otros tutores deberán cumplir con su obligación de garantizar que las niñas y adolescentes en edad escolar reciban la educación obligatoria.
Salvo con la aprobación del gobierno popular local debido a enfermedad u otras circunstancias especiales, el gobierno popular local criticará y educará a los padres u otros tutores que se nieguen a enviar a la escuela a niñas o adolescentes en edad escolar. y tomar medidas efectivas y ordenarles que lo envíen a la escuela.
El gobierno, la sociedad y las escuelas deben tomar medidas efectivas para garantizar que las niñas y adolescentes en edad escolar completen el número prescrito de años de educación obligatoria.
Artículo 18 Los gobiernos populares en todos los niveles, de conformidad con las normas, incorporarán el trabajo de eliminación del analfabetismo y el semianalfabetismo entre las mujeres en los planes de alfabetización y postalfabetización de educación continua, adoptarán formas organizativas y métodos de trabajo que son consistentes con las características de las mujeres, y los departamentos relevantes lo organizarán y supervisarán y lo implementarán en detalle.
Artículo 19 Los gobiernos populares de todos los niveles y departamentos pertinentes tomarán medidas para organizar a las mujeres para que reciban educación vocacional y capacitación técnica.
Artículo 20: Las agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones implementarán regulaciones nacionales pertinentes para garantizar que las mujeres participen en la ciencia, la tecnología, la literatura, el arte y otras actividades culturales y disfruten de los mismos derechos que los hombres.
Capítulo 4 Derechos Laborales
Artículo 21 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos laborales que los hombres.
Artículo 22 Al contratar trabajadores, las unidades no podrán negarse a contratar mujeres ni elevar los estándares de contratación de mujeres por motivos de género, excepto en trabajos o puestos que no sean adecuados para mujeres.
Está prohibido contratar empleadas menores de 16 años.
Artículo 23: Igual remuneración entre hombres y mujeres por igual trabajo.
Hombres y mujeres son iguales en asignación de vivienda y bienestar.
Artículo 24 En la promoción, promoción y evaluación de cargos profesionales y técnicos se observará el principio de igualdad entre hombres y mujeres, y no se discriminará a las mujeres.
Artículo 25 Cualquier unidad protegerá la seguridad y la salud de las mujeres en el trabajo y el trabajo de acuerdo con la ley en función de las características de las mujeres, y no organizará trabajos o labores que no sean adecuados para las mujeres.
Las mujeres reciben especial protección durante la menstruación, el embarazo, el parto y la lactancia.
Artículo 26 Ninguna unidad podrá despedir a empleadas ni rescindir unilateralmente contratos laborales por motivos de matrimonio, embarazo, licencia de maternidad o lactancia.
Artículo 27 El Estado desarrolla el seguro social, la asistencia social y los servicios médicos y de salud, y crea las condiciones para que las mujeres ancianas, enfermas o que han perdido la capacidad de trabajar puedan obtener asistencia material.
Capítulo 5 Derechos de Propiedad
Artículo 28 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de los mismos derechos de propiedad que los hombres.
Artículo 29: En el matrimonio y en las relaciones patrimoniales familiares, los derechos e intereses de la mujer no serán vulnerados conforme a la ley.
Artículo 30 En las zonas rurales, hombres y mujeres tienen iguales derechos en la división de campos de responsabilidad y campos de racionamiento de cereales. y la aprobación de sitios para viviendas no infringirá los derechos e intereses legítimos de las mujeres.
Después de que una mujer se casa o se divorcia, se deben garantizar sus tierras de responsabilidad, sus raciones de alimentos y sus tierras familiares.
Artículo 31: La ley protege los mismos derechos de las mujeres a la herencia de bienes que los de los hombres. No habrá discriminación contra la mujer entre herederos legales en el mismo orden.
La mujer viuda tiene derecho a disponer de los bienes heredados y nadie puede interferir.
Artículo 32. Una mujer viuda que ha cumplido con sus principales obligaciones alimentarias para con sus suegros es la primera heredera legal de sus suegros, y sus derechos sucesorios no se ven afectados por la subrogación de sus hijos.
Capítulo 6 Derechos Personales
Artículo 33 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos personales que los hombres.
Artículo 34: No se violará la libertad personal de la mujer. Se prohíben la detención ilegal y otros medios ilegales para privar o restringir la libertad personal de las mujeres; se prohíben los registros ilegales del cuerpo de las mujeres.
Artículo 35: No se violará el derecho de la mujer a la vida y a la salud. Está prohibido ahogar, abandonar o mutilar a las niñas; está prohibido discriminar y abusar de las mujeres que dan a luz a niñas y de las mujeres infértiles; está prohibido dañar a las mujeres por medios supersticiosos y violentos; está prohibido abusar o abandonar; mujeres de edad avanzada.
El artículo 36 prohíbe el rapto, la trata y el secuestro de mujeres; está prohibido sobornar a mujeres secuestradas, traficadas o secuestradas.
El gobierno popular y los departamentos pertinentes deben tomar medidas oportunas para rescatar a las mujeres víctimas de trata y secuestrados. Nadie puede discriminar a una mujer víctima de trata o secuestrada que regresa a su lugar de origen, y el gobierno popular local y los departamentos pertinentes deben hacer un buen trabajo para afrontar las consecuencias.
El artículo 37 prohíbe la prostitución y la prostitución.
Está prohibido organizar, forzar, seducir, acomodar o introducir a mujeres en la prostitución o contratar o acomodar a mujeres para que participen en actividades obscenas con otros.
Artículo 38: El derecho de la mujer al retrato está protegido por la ley. Sin su consentimiento, los retratos femeninos no podrán utilizarse con fines lucrativos a través de anuncios, marcas, escaparates, libros, revistas, etc.
Artículo 39: El derecho de las mujeres a la reputación y a la dignidad personal están protegidos por la ley. Está prohibido dañar la reputación y el carácter de las mujeres insultando, calumniando o divulgando información privada.
Capítulo 7 Derechos matrimoniales y familiares
Artículo 40 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de los mismos derechos matrimoniales y familiares que los hombres.
Artículo 41: El Estado protege la autonomía de la mujer en el matrimonio. Está prohibido interferir con la libertad de la mujer para casarse y divorciarse.
Artículo 42: Si la mujer interrumpe su embarazo de conformidad con los requisitos de planificación familiar, el hombre no podrá solicitar el divorcio dentro de los seis meses siguientes a la operación si la mujer solicita el divorcio, o el tribunal popular; considera necesario aceptar la solicitud de divorcio del hombre, sin este límite.
Artículo 43: Las mujeres tienen iguales derechos que sus cónyuges a poseer, usar, aprovechar y disponer de los bienes comunes del marido y la mujer conforme a la ley, y no les afectan los ingresos de ambas partes. .
Artículo 44: El Estado protege la propiedad de la vivienda de las mujeres divorciadas.
En caso de divorcio, la casa compartida por marido y mujer se dividirá por acuerdo entre las dos partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el tribunal popular dictará sentencia basándose en las circunstancias concretas. de ambas partes y en línea con el principio de velar por los derechos e intereses de la mujer y sus hijos. Salvo acuerdo en contrario de ambos cónyuges.
Cuando marido y mujer alquilen la misma casa, la casa de la mujer se arreglará mediante acuerdo basado en el principio de tener en cuenta los derechos e intereses de la mujer y de los hijos.
La pareja vive en la casa del hombre. Durante un divorcio, si la mujer no tiene casa donde vivir, el hombre la ayudará si puede.
Artículo 45 Ambos padres tienen igual derecho de custodia sobre sus hijos menores.
Si el padre fallece, pierde capacidad de conducta civil o no puede ejercer la tutela de los hijos menores en otras circunstancias, nadie podrá interferir en el derecho de custodia de la madre.
Artículo 46: Si la mujer pierde su fertilidad por esterilización u otras causas al momento del divorcio, las necesidades razonables de la mujer se acomodarán en condiciones que conduzcan a los derechos e intereses de los hijos.
Artículo 47 Las mujeres tienen derecho a tener hijos de acuerdo con las normas estatales pertinentes, y también tienen la libertad de no tener hijos.
Las parejas en edad fértil planifican sus familias de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Los departamentos pertinentes deben proporcionar anticonceptivos y tecnología seguros y eficaces para garantizar la salud y la seguridad de las mujeres sometidas a cirugía anticonceptiva.
Capítulo 8 Responsabilidades Legales
Artículo 48 Cuando se vulneren los derechos e intereses legítimos de las mujeres, la persona ofendida tiene derecho a solicitar a las autoridades competentes correspondientes que se ocupen del asunto, o a presentar una demanda ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley.
Cuando se infringen los derechos e intereses legítimos de las mujeres, la víctima puede presentar una queja ante una organización de mujeres, y la organización de mujeres solicitará a los departamentos o unidades pertinentes que investiguen y atiendan la violación para salvaguardar los derechos e intereses legítimos. de la mujer infringida.
Artículo 49: El que viole las disposiciones de esta Ley e infrinja los derechos e intereses legítimos de la mujer, y cuyas penas estén prescritas por otras leyes y reglamentos, será sancionado conforme a lo dispuesto en dichas leyes. leyes y regulaciones.
Artículo 50 Si cualquiera de las siguientes circunstancias atente contra los derechos e intereses legítimos de las mujeres, la unidad donde trabajen o la autoridad superior ordenará su subsanación, pudiendo imponerse sanciones administrativas a los directamente responsables según a las circunstancias específicas:
(1) No investigar y atender quejas, acusaciones e informes que infringen los derechos de las mujeres, y eludir, retrasar o reprimir;
(2) Negarse contratar mujeres cuando deberían ser contratadas de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos o mejorar las condiciones laborales de las mujeres;
(3) En términos de asignación de vivienda, promoción laboral, promoción y evaluación de profesionales y puestos técnicos. , viola el principio de igualdad entre hombres y mujeres e infringe los derechos e intereses legítimos de las mujeres;
(4) Despedir a empleadas por motivos de matrimonio, embarazo, baja por maternidad o lactancia; p>
(5) Campos de responsabilidad, División de campos de racionamiento, etc. , y aprobación de la propiedad, violando el principio de igualdad entre hombres y mujeres e infringiendo los derechos e intereses legítimos de las mujeres;
(6) Violando el principio de igualdad entre hombres y mujeres, infringiendo a las mujeres en los aspectos de inscripción, educación superior, asignación de graduación, concesión de títulos y envío de estudiantes a estudiar en el extranjero, etc., derechos e intereses legítimos.
Quien tome represalias contra una persona que denuncie, acuse o denuncie una vulneración de los derechos de las mujeres, será ordenado a corregir o sancionada administrativamente por su unidad o autoridad superior si la represalia por parte de un funcionario estatal constituye una represalia; delito, la persona será sancionada de conformidad con el artículo 1 de la Ley Penal y la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.
Artículo 51: El que contrate o permita que mujeres realicen actividades obscenas con otros será sancionado de conformidad con el artículo 19 del Reglamento de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública si las circunstancias son suficientemente graves para constituir delito; será sancionado de conformidad con el artículo 160 de la Ley Penal y tendrá responsabilidad penal de conformidad con lo dispuesto en este artículo.
Artículo 52: Quien atente contra los derechos e intereses legítimos de la mujer y cause pérdidas patrimoniales u otros daños deberá indemnizarlo o asumir otras responsabilidades civiles conforme a la ley.
Capítulo 9 Disposiciones complementarias
Artículo 53 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado podrán formular los reglamentos pertinentes de conformidad con esta ley y presentarlos al Consejo de Estado para su aprobación e implementación.
Los comités permanentes de las asambleas populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular medidas de implementación de conformidad con la presente ley.
Las asambleas populares de las zonas étnicas autónomas podrán formular reglamentos modificados o complementarios de conformidad con los principios previstos en esta ley y a la luz de las condiciones específicas de las mujeres étnicas locales. Los reglamentos de las regiones autónomas se informarán al Comité Permanente del Congreso Popular de la APN para su registro; los reglamentos de las prefecturas y condados autónomos entrarán en vigor una vez aprobados por el Comité Permanente del Congreso Popular de la provincia o región autónoma y serán informó al Comité Permanente de la APN para que conste en acta.
Artículo 54 La presente Ley entrará en vigor el 1 de junio de 2018+099265438+1 de octubre.