Proceso de conciliación bancaria corporativa en línea del Banco de China
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上篇: ¿Cómo registrar una empresa unipersonal? 下篇: Ley de Promoción de la Educación Privada de la República Popular ChinaCapítulo 1 Disposiciones generales Capítulo 2 Establecimiento Capítulo 3 Organización y actividades escolares Capítulo 4 Profesores y personas educadas Capítulo 5 Activos escolares y gestión financiera Capítulo 6 Gestión del capítulo y Supervisión Capítulo 7 Apoyos y Recompensas Capítulo 8 Cambios y Terminaciones Capítulo 9 Responsabilidades Legales Capítulo 10 Disposiciones Complementarias Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de implementar la estrategia de rejuvenecimiento del país a través de la ciencia y la educación, esta ley se formula de conformidad con la Constitución. y la Ley de Educación. Educación, promover el sano desarrollo de la educación privada y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las escuelas privadas y de las personas educadas. Artículo 2 Esta ley se aplicará a las organizaciones sociales o personas físicas distintas de las instituciones estatales que utilicen fondos fiscales no estatales para organizar actividades de escuelas y otras instituciones educativas de cara a la sociedad. A falta de disposiciones en esta ley, se aplicarán las disposiciones de la Ley de Educación y demás leyes educativas pertinentes. Artículo 3 La educación privada es una empresa de bienestar público y parte integrante de la educación socialista. El Estado aplica la política de fomentar activamente, apoyar vigorosamente, orientar correctamente y gestionar la educación privada de conformidad con la ley. Los gobiernos populares en todos los niveles deberían incorporar la educación privada en los planes nacionales de desarrollo económico y social. Artículo 4 Las escuelas privadas respetarán las leyes y reglamentos, implementarán políticas educativas nacionales, garantizarán la calidad de la educación y se comprometerán a cultivar diversos talentos para la construcción socialista. Las escuelas privadas deberían implementar el principio de separación de educación y religión. Ninguna organización o individuo podrá utilizar la religión para realizar actividades que obstaculicen el sistema educativo nacional. Artículo 5 Las escuelas privadas tienen el mismo estatus legal que las escuelas públicas, y el Estado garantiza la autonomía de las escuelas privadas en la gestión de las escuelas. El estado protege los derechos e intereses legítimos de los fundadores, directores, profesores y personal de escuelas privadas y de las personas educadas. Artículo 6 El Estado fomenta las donaciones para el funcionamiento de las escuelas. El estado recompensa y elogia a las organizaciones e individuos que han realizado contribuciones destacadas al desarrollo de la educación privada. Artículo 7 El Departamento de Administración Educativa del Consejo de Estado es responsable de la planificación general, la coordinación integral y la macrogestión de la educación privada en todo el país. El departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado y otros departamentos pertinentes son respectivamente responsables del trabajo relevante de educación privada dentro del alcance de las responsabilidades especificadas por el Consejo de Estado. Artículo 8 Los departamentos administrativos de educación de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior están a cargo de la educación privada dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social y otros departamentos pertinentes de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables del trabajo relevante de educación privada dentro de sus respectivos ámbitos de responsabilidad. Artículo 9 Las organizaciones de base del Partido Comunista de China en escuelas privadas llevarán a cabo actividades del partido y fortalecerán la construcción del partido de acuerdo con las disposiciones de la Constitución del Partido Comunista de China. Capítulo 2 Constitución Artículo 10 Los grupos sociales que dirigen escuelas privadas tienen personalidad jurídica. Las personas que dirigen escuelas privadas deben tener derechos políticos y plena capacidad de conducta civil. Las escuelas privadas deben tener estatus de persona jurídica. Artículo 11 El establecimiento de escuelas privadas deberá satisfacer las necesidades del desarrollo educativo local y cumplir con las condiciones estipuladas en la Ley de Educación y otras leyes y reglamentos pertinentes. Los estándares de establecimiento de escuelas privadas se implementarán con referencia a los estándares de establecimiento de escuelas públicas similares del mismo nivel. Artículo 12 Las escuelas privadas que organizan educación académica, educación preescolar, exámenes de autoestudio y otra educación cultural serán aprobadas por el departamento administrativo de educación del gobierno popular a nivel de condado o superior de acuerdo con la autoridad prescrita por el estado; y la implementación de capacitación de calificación vocacional y capacitación de habilidades vocacionales en escuelas privadas, serán revisadas y aprobadas por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social de los gobiernos populares a nivel de condado o superior de acuerdo con la autoridad especificada por el estado, y un copia se enviará al departamento administrativo de educación del mismo nivel para su archivo. Artículo 13 Al solicitar el establecimiento de una escuela privada, el organizador deberá presentar los siguientes materiales a la autoridad de examen y aprobación: (1) Informe de solicitud, que incluye principalmente al organizador, los objetivos de capacitación, la escala escolar, el nivel de la escuela, la forma de la escuela, las condiciones de la escuela, sistema de gestión interna, recaudación y gestión de fondos, etc. (2) El nombre y dirección del patrocinador; (3) La fuente de los activos, la cantidad de fondos y los certificados válidos, e indicando los derechos de propiedad; (4) Se debe presentar un acuerdo de donación para la donación de propiedad de la escuela; El acuerdo debe especificar la identidad del donante, nombre, cantidad, finalidad y método de gestión de los bienes donados, así como los documentos válidos pertinentes. Artículo 14 La autoridad de examen y aprobación tomará una decisión por escrito sobre si aprueba la solicitud dentro de los 30 días a partir de la fecha de aceptación de la solicitud para establecer una escuela privada. Si se aprueba el establecimiento, se emitirá una carta de aprobación de establecimiento. Quienes no estén de acuerdo con el establecimiento deberán explicar los motivos. El período de preparación no excederá de tres años. Si supera los tres años, el organizador deberá volver a presentar la solicitud. Artículo 15 Para solicitar el establecimiento formal de una escuela privada, el organizador deberá presentar los siguientes materiales a la autoridad de aprobación: (1) carta de aprobación del establecimiento; (2) informe preparatorio (3) estatuto escolar y el primer consejo escolar, junta; de directores u otro órgano de toma de decisiones Lista de miembros (4) Documentos de certificación válidos de los activos escolares (5) Certificados de calificación de directores, maestros y personal contable; Artículo 16. Quienes reúnan las condiciones para el funcionamiento de una escuela y cumplan con las normas de establecimiento podrán solicitar directamente el establecimiento formal y presentar los materiales especificados en los apartados 3, 4, 5 del artículo 13 y 15 de esta Ley. Artículo 17 Al solicitar el establecimiento formal de una escuela privada, la autoridad de examen y aprobación tomará una decisión por escrito de aprobación o desaprobación dentro de los tres meses a partir de la fecha de aceptación y la enviará al solicitante al solicitar el establecimiento formal de una; institución de educación superior privada, la autoridad de examen y aprobación también puede. Una decisión por escrito sobre si se aprueba o no la solicitud se tomará dentro de los seis meses a partir de la fecha de aceptación y se enviará al solicitante. Artículo 18 Para las escuelas privadas establecidas formalmente tras la aprobación, la autoridad de examen y aprobación emitirá una licencia de funcionamiento escolar. La autoridad de aprobación explicará las razones por las que no se aprueba el establecimiento formal. Artículo 19 Los organizadores de escuelas privadas podrán optar independientemente por establecer escuelas privadas con o sin fines de lucro. Sin embargo, no se permite el establecimiento de escuelas privadas con fines de lucro que implementen la educación obligatoria. Los patrocinadores de escuelas privadas sin fines de lucro no pueden obtener ingresos de la gestión de escuelas, y todos los saldos de las escuelas en funcionamiento se utilizan para gestionar escuelas. Los propietarios de escuelas privadas con fines de lucro pueden obtener ingresos del funcionamiento de la escuela y los saldos del funcionamiento de la escuela se manejarán de conformidad con las disposiciones de la Ley de Sociedades y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes.