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¿Cómo ejercen los propietarios sus derechos de voto en la junta de propietarios?

De acuerdo con el artículo 76 de la Ley de Propiedad de mi país y el artículo 12 del Reglamento de Gestión de la Propiedad, la votación de la junta de propiedad adopta la regla de doble cálculo de "área parcial exclusiva + número de propietarios". En concreto, para cuestiones generales es necesario obtener el consentimiento de los propietarios cuya parte exclusiva represente más de la mitad del área total del edificio y más de la mitad del número total de personas, para cuestiones especiales es necesario obtener el consentimiento de los propietarios; consentimiento de los propietarios cuya parte exclusiva represente más de 2/3 de la superficie total del edificio y más de la mitad del número total de personas. Más de 2/3 de los propietarios estuvieron de acuerdo. Se puede observar que si bien el derecho de voto de cada propietario es una persona, un voto, la adopción de la resolución requiere no sólo el consentimiento de una determinada proporción de propietarios, sino también el consentimiento de una determinada proporción de la parte exclusiva de los propietarios. , por lo que las capacidades de voto de los propietarios son diferentes.

En cuanto a la determinación del número de propietarios, el artículo 9 de las "Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica del derecho en el juicio de casos relativos a disputas sobre la propiedad diferenciada de edificios" estipula claramente: "(1) El número de propietarios se determinará de acuerdo con el número de partes exclusivas. Al calcular el número de personas, la parte exclusiva se calculará como una persona. Sin embargo, para la parte de la unidad de construcción que tiene no ha sido vendido y ha sido vendido pero no entregado, si un mismo comprador posee más de una parte exclusiva, se computará como una sola persona (2) El número total de personas se calculará según la suma del párrafo anterior; Cálculo "Según esta disposición, en principio, el número de propietarios debe calcularse según el número de partes exclusivas. Sin embargo, en el caso de que una persona (incluida la unidad de construcción) posea varias partes exclusivas, si el número de propietarios se calcula al mismo tiempo, dará como resultado que esa persona disfrute del doble de ventaja y, por lo tanto, no se cuenta.

En cuanto a la determinación del área de la parte exclusiva y del área de edificación compartida, el artículo 8 de la citada interpretación judicial estipula, “(1) El área de la parte exclusiva se calcula de acuerdo al área registrada en el libro de registro de bienes raíces, si los derechos de propiedad no han sido registrados, el cálculo se basará en el área real medida por la agencia de topografía y cartografía, si aún no se ha medido, se calculará el área; con base en el área registrada en el contrato de compraventa de la casa; (2) El área total de construcción se calculará con base en la suma estadística del párrafo anterior."