El gerente de la tienda usó dinero para evadir la responsabilidad legal.
Debe denunciar el delito inmediatamente y solicitar a los órganos de seguridad pública que presenten un caso para su investigación.
Operador: Artículo 270 de la "Ley Penal". Quien posea ilegalmente bienes ajenos, los guarde mal, la cantidad sea relativamente grande y se niegue a devolverlos, será condenado a pena de prisión de duración determinada no mayor. de dos años, detención penal o una multa de cuantía elevada; o si concurren otras circunstancias graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de cinco años y también se le impondrá una multa; .
El que se apodere ilegalmente de objetos olvidados o enterrados ajenos y se niegue a entregarlos si su cantidad es relativamente importante, será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Este pecado sólo puede ser tratado hablando abiertamente.