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Información empresarial - ¿Qué propiedades no se pueden hipotecar? 1. ¿Qué son las hipotecas inmobiliarias para inmuebles quirografarios? Se refiere al acto del deudor hipotecario de otorgar garantía de cumplimiento de deuda al acreedor hipotecario con sus bienes inmuebles legales sin transferir la posesión. Cuando el deudor incumple sus deudas, el acreedor hipotecario tiene derecho a recibir prioridad en el pago con el producto de la subasta del inmueble hipotecado conforme a la ley. Los deudores hipotecarios se refieren a personas jurídicas corporativas, personas físicas y otras organizaciones económicas que utilizan bienes inmuebles como garantía para el cumplimiento de deudas por sí mismos o por un tercero. Los prestamistas hipotecarios se refieren a personas jurídicas, personas físicas y otras organizaciones económicas que aceptan hipotecas sobre bienes inmuebles como obligaciones de garantía de deuda. Hipoteca se refiere al inmueble proporcionado por el deudor hipotecario y reconocido por el acreedor hipotecario como garantía de la deuda del deudor. De acuerdo con las leyes de nuestro país, no se permite hipotecar los siguientes bienes inmuebles: (1) inmuebles de propiedad en disputa; (2) inmuebles requisados y demolidos para construcción nacional que hayan sido anunciados de conformidad con la ley (; 3) bienes inmuebles utilizados para empresas de bienestar público, como educación, atención médica y administración municipal; (4) edificios antiguos catalogados como reliquias culturales y edificios de importancia conmemorativa importante (5) bienes inmuebles que han sido sellados, detenidos o sujetos; a otras medidas de preservación de litigios de conformidad con la ley, bienes inmuebles que no hayan sido registrados de conformidad con la ley y no hayan obtenido un certificado de propiedad (7) Bienes inmuebles de empresas con inversión extranjera que no hayan sido confirmados por contadores públicos certificados chinos; como totalmente pagados (8) Bienes inmuebles propiedad de agencias administrativas, bienes inmuebles propiedad y administrados por el gobierno (9) Tierras agrícolas de propiedad colectiva, granjas, terrenos privados, colinas privadas, etc. Derechos de uso de la tierra, excepto aquellos que puedan ser; hipotecado según la ley. La segunda es que los inmuebles no pueden utilizarse como hipoteca. Si el deudor no paga las deudas vencidas o se produce la situación pactada por las partes para realizar los derechos hipotecarios, el acreedor hipotecario podrá acordar con el deudor hipotecario recibir prioridad en el pago descontando el inmueble hipotecado o. utilizando el producto de la subasta o venta del inmueble hipotecado. Si el acuerdo perjudica los intereses de otros acreedores, los demás acreedores podrán solicitar al Tribunal Popular que revoque el acuerdo en el plazo de un año a partir de la fecha en que conozcan o deban conocer los motivos de la revocación. Si el acreedor hipotecario y el deudor hipotecario no pueden llegar a un acuerdo sobre el método de realización del derecho hipotecario, el acreedor hipotecario puede solicitar al Tribunal Popular la subasta o venta de la propiedad hipotecada. Si el bien hipotecado se rebaja o se vende, se hará referencia al precio de mercado.
¿Qué propiedades no se pueden hipotecar? 1. ¿Qué son las hipotecas inmobiliarias para inmuebles quirografarios? Se refiere al acto del deudor hipotecario de otorgar garantía de cumplimiento de deuda al acreedor hipotecario con sus bienes inmuebles legales sin transferir la posesión. Cuando el deudor incumple sus deudas, el acreedor hipotecario tiene derecho a recibir prioridad en el pago con el producto de la subasta del inmueble hipotecado conforme a la ley. Los deudores hipotecarios se refieren a personas jurídicas corporativas, personas físicas y otras organizaciones económicas que utilizan bienes inmuebles como garantía para el cumplimiento de deudas por sí mismos o por un tercero. Los prestamistas hipotecarios se refieren a personas jurídicas, personas físicas y otras organizaciones económicas que aceptan hipotecas sobre bienes inmuebles como obligaciones de garantía de deuda. Hipoteca se refiere al inmueble proporcionado por el deudor hipotecario y reconocido por el acreedor hipotecario como garantía de la deuda del deudor. De acuerdo con las leyes de nuestro país, no se permite hipotecar los siguientes bienes inmuebles: (1) inmuebles de propiedad en disputa; (2) inmuebles requisados y demolidos para construcción nacional que hayan sido anunciados de conformidad con la ley (; 3) bienes inmuebles utilizados para empresas de bienestar público, como educación, atención médica y administración municipal; (4) edificios antiguos catalogados como reliquias culturales y edificios de importancia conmemorativa importante (5) bienes inmuebles que han sido sellados, detenidos o sujetos; a otras medidas de preservación de litigios de conformidad con la ley, bienes inmuebles que no hayan sido registrados de conformidad con la ley y no hayan obtenido un certificado de propiedad (7) Bienes inmuebles de empresas con inversión extranjera que no hayan sido confirmados por contadores públicos certificados chinos; como totalmente pagados (8) Bienes inmuebles propiedad de agencias administrativas, bienes inmuebles propiedad y administrados por el gobierno (9) Tierras agrícolas de propiedad colectiva, granjas, terrenos privados, colinas privadas, etc. Derechos de uso de la tierra, excepto aquellos que puedan ser; hipotecado según la ley. La segunda es que los inmuebles no pueden utilizarse como hipoteca. Si el deudor no paga las deudas vencidas o se produce la situación pactada por las partes para realizar los derechos hipotecarios, el acreedor hipotecario podrá acordar con el deudor hipotecario recibir prioridad en el pago descontando el inmueble hipotecado o. utilizando el producto de la subasta o venta del inmueble hipotecado. Si el acuerdo perjudica los intereses de otros acreedores, los demás acreedores podrán solicitar al Tribunal Popular que revoque el acuerdo en el plazo de un año a partir de la fecha en que conozcan o deban conocer los motivos de la revocación. Si el acreedor hipotecario y el deudor hipotecario no pueden llegar a un acuerdo sobre el método de realización del derecho hipotecario, el acreedor hipotecario puede solicitar al Tribunal Popular la subasta o venta de la propiedad hipotecada. Si el bien hipotecado se rebaja o se vende, se hará referencia al precio de mercado.