¿Un aviso sin sello oficial no tiene efectos legales?
El "Código Civil" estipula que un contrato sin sello oficial tendrá efectos jurídicos si cumple las siguientes condiciones: las partes del contrato son personas con la correspondiente capacidad civil; contrato expresar verdaderas intenciones; el contenido del contrato no debe violar las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos; el contenido del contrato no debe violar el orden público y las buenas costumbres, etc.
Objetividad jurídica:
Artículo 490 del Código Civil 6868: Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando las partes firmen, sellen o tomen la huella digital. . Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales, y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. El contrato se celebrará por escrito según lo estipulado por las leyes, reglamentos administrativos o acordado por las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra las ha aceptado, se forma un contrato.