Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Es necesario imponer una pena de prisión por colusión de más de 2 millones?

¿Es necesario imponer una pena de prisión por colusión de más de 2 millones?

Quienes superen la oferta en más de 2 millones deberán ser condenados. Sospechoso de confabularse en una licitación por más de 2 millones de yuanes, las circunstancias son graves. Si los licitadores se confabulan entre sí al presentar ofertas y cotizaciones, perjudicando así los intereses del licitador o de otros licitadores, y las circunstancias son graves, el tribunal popular condenará al sospechoso de delito a una pena de prisión de no más de tres años o a prisión penal. , y será también o únicamente multado.

Los objetos complejos vulnerados por el delito de licitación colusoria no sólo atentan contra los derechos e intereses legítimos de otros postores, del país y del colectivo, sino que también atentan contra el orden de libre transacción y competencia leal de la sociedad. Economía de mercado socialista. El delito de licitación colusoria se manifiesta objetivamente como licitación colusoria. Se refiere al comportamiento de oferentes que se confabulan en forma privada para aumentar o disminuir el precio de la oferta, * * * con los intereses del oferente o de otros oferentes, o del oferente que se confabula con el oferente, perjudicando los derechos e intereses legítimos del país, colectivos y los ciudadanos.

Para el licitador, el tema del delito de licitación colusoria es un tema especial, y para el licitador, es un tema general. Puede ser culpable de licitación colusoria toda persona física que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal.

Base jurídica: Artículo 223 de la Ley Penal de la República Popular China.

Delito de licitación colusoria: Los oferentes se confabulan entre sí en las cotizaciones de las licitaciones, perjudicando los intereses del licitador o de otros licitadores, y si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad fija de no más de tres años o prisión penal, y será también o únicamente multa.

Si un licitador se confabula con el licitador para licitar y lesiona los intereses legítimos del Estado, de los colectivos y de los ciudadanos, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.