Red de Respuestas Legales - Información empresarial - El artículo 1 de la Constitución General de la Federación Nacional de Sindicatos de China estipula claramente

El artículo 1 de la Constitución General de la Federación Nacional de Sindicatos de China estipula claramente

Análisis jurídico: En las empresas, instituciones, agencias y otras organizaciones sociales de nuestro país, los trabajadores manuales y mentales que tengan como principal fuente de ingresos el salario o que hayan establecido una relación laboral con el empleador, independientemente de su origen étnico, raza, género, ocupación. , creencia religiosa, nivel educativo, puede afiliarse al sindicato y afiliarse.

Base jurídica: Constitución Sindical de China.

Artículo 1. Los trabajadores manuales y mentales en empresas, instituciones, agencias y otras organizaciones sociales en China que dependen del salario como su principal fuente de subsistencia o que han establecido relaciones laborales con empleadores, independientemente de su nacionalidad, Cualquier persona de cualquier raza, género, ocupación, creencia religiosa o nivel educativo puede afiliarse a un sindicato y convertirse en miembro.

Artículo 2. Los empleados deberán solicitar voluntariamente su afiliación a un sindicato. El comité de base del sindicato aprobará la solicitud y expedirá una tarjeta de afiliación.

Artículo 3 Los miembros gozan de los siguientes derechos:

(a) El derecho a elegir, ser elegido y votar.

(2) Supervisar el trabajo del sindicato, formular opiniones y sugerencias y solicitar la sustitución o el despido del personal sindical incompetente.

(3) Hacer críticas y sugerencias sobre la vida nacional y social, así como sobre el trabajo de la unidad, y exigir a la organización sindical que informe verazmente de ello a las partes pertinentes.

(4) Cuando se vulneren derechos e intereses legítimos, exigir al sindicato su protección.

(5) Trato preferencial brindado por los sindicatos en cultura, educación, deportes, turismo, descanso médico, ayuda mutua, asistencia vital, servicios jurídicos, servicios de empleo, etc. ; Diversas recompensas otorgadas por el sindicato.

(6) Participar en discusiones sobre el trabajo sindical y temas de interés para los empleados en reuniones sindicales y en los medios sindicales.