Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Cuál es la diferencia entre la zona económica exclusiva y la plataforma continental?

¿Cuál es la diferencia entre la zona económica exclusiva y la plataforma continental?

Zona económica exclusiva y plataforma continental

(1) Zona económica exclusiva y su régimen jurídico

1. La zona económica exclusiva es el área fuera del mar territorial y adyacente al mar territorial. La zona económica exclusiva no excederá de 200 millas náuticas desde la línea de base desde la cual se mide la anchura del mar territorial.

2. Régimen jurídico de zona económica exclusiva. A diferencia de las aguas territoriales, que están completamente bajo la jurisdicción del Estado, no disfruta de todas las libertades de la alta mar; es su propia zona marítima, pero está bajo la jurisdicción del Estado;

(1) Los países costeros tienen el derecho soberano de explorar, desarrollar, conservar y gestionar los recursos naturales en sus zonas económicas exclusivas.

(2) Los Estados ribereños tienen jurisdicción sobre la construcción y uso de islas, instalaciones y estructuras artificiales, la investigación científica marina y la protección y preservación del medio marino.

(2) Plataforma continental y su ordenamiento jurídico

1. Según lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la plataforma continental de un estado ribereño incluye la área que se extiende más allá de su mar territorial hasta el borde exterior del borde continental El fondo marino y el subsuelo del área submarina se extienden hasta 200 millas náuticas si la distancia desde la línea de base desde la cual se mide la anchura del mar territorial hasta el borde exterior del mar territorial. El margen continental es inferior a 200 millas náuticas.

2. Sistema jurídico de la plataforma continental

La plataforma continental es una extensión natural del territorio terrestre de los países costeros. Según las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, los estados costeros ejercen derechos soberanos sobre el continente con el fin de explorar la plataforma continental y desarrollar sus recursos naturales. Este derecho incluye:

(1) Desarrollo de recursos naturales;

(2) El derecho exclusivo de autorizar y regular las actividades de perforación en el área para diversos fines.

(3) El derecho a construir, operar y utilizar islas, instalaciones y estructuras artificiales, y tener jurisdicción exclusiva sobre ellas.