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Patentes fuera de alcance

Si solo está vendiendo y puede proporcionar prueba de venta de que no sabía que el producto era un producto patentado, dejó de vender inmediatamente después de recibir el aviso. Entonces, aunque haya infringido la patente, la ley de patentes estipula que el titular de la patente no puede reclamarle una compensación en este caso y no necesita proporcionar prueba de venta antes de la fecha de presentación.

Artículo 70 de la Ley de Patentes: Cualquier persona que utilice, ofrezca vender o venda un producto patentado infractor con fines de producción y negocios sin saber que el producto se fabrica o vende sin el permiso del titular de la patente. no será responsable de la compensación.

No se requiere prueba de venta anterior a la fecha de presentación. Incluso si te autoriza a empezar a vender, siempre y cuando puedas demostrar que el origen del producto es legal, es una infracción, pero no hay compensación.