¿Tiene el estado alguna normativa pertinente sobre el trabajo físico obligatorio para los estudiantes de educación obligatoria? Ser detallado y tener fuentes específicas.
Ley de Protección de Menores;
Artículo 17 Las escuelas deben implementar plenamente la política educativa nacional, implementar una educación de calidad, mejorar la calidad de la educación y centrarse en cultivar la capacidad de pensamiento independiente. de los estudiantes menores. La capacidad de innovación y la capacidad práctica promueven el desarrollo integral de los estudiantes menores.
Artículo 22, párrafo 3, cuando las escuelas y jardines de infancia dispongan que los menores participen en actividades colectivas como reuniones, entretenimiento cultural, prácticas sociales, etc., deben favorecer el crecimiento saludable de los menores y evitar Accidentes de seguridad personal.
Artículo 25 Las escuelas especiales proporcionarán educación ideológica, educación cultural, educación disciplinaria y jurídica, educación en tecnología laboral y educación vocacional a los estudiantes menores de edad en la escuela.
Artículo 38 Salvo disposición en contrario del Estado, ninguna organización o individuo podrá reclutar menores de dieciséis años.
Cualquier organización o individuo que reclute menores de 16 años pero menores de 18 de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes deberá implementar regulaciones nacionales sobre tipos de trabajo, horas de trabajo, intensidad laboral y medidas de protección, y no hará arreglos para que se dediquen a trabajos con sobrepeso, venenosos, nocivos u otros, u operaciones peligrosas que pongan en peligro la salud física y mental de los menores.
Ley de Educación:
Artículo 47: Los organismos estatales, fuerzas armadas, empresas, instituciones y otras organizaciones sociales brindarán asistencia y conveniencia para las pasantías estudiantiles y las actividades de práctica social organizadas por las escuelas.
Artículo 48 Las escuelas y otras instituciones educativas participarán activamente en las actividades locales de bienestar social sin afectar las actividades normales de educación y enseñanza.
Las leyes laborales no se aplican a los menores que estudian en la escuela.