Red de Respuestas Legales - Derecho de marcas - ¿Se puede transferir el estado de bloqueo de una empresa?

¿Se puede transferir el estado de bloqueo de una empresa?

No.

El artículo 53 del "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas a la labor de aplicación de la ley de los tribunales populares (de primera instancia)" estipula que si se congelan los derechos de inversión o el capital social, las empresas pertinentes serán notificadas no Para tramitar la transferencia de los derechos de inversión o procedimientos de patrimonio congelados, no se podrán pagar dividendos ni bonificaciones a la persona sujeta a ejecución. El sujeto de la ejecución no podrá transferir por iniciativa propia los derechos de inversión o el patrimonio congelados. El artículo 12 del "Aviso sobre el fortalecimiento de la aplicación normalizada y la asistencia en la aplicación de la cooperación en materia de información" estipulado por el Tribunal Popular Supremo y la Administración Estatal de Industria y Comercio estipula que si se congelan el capital social y otros derechos e intereses de inversión, no podrán ser transferir, pignorar o tener otros derechos sin el permiso del Tribunal Popular. Durante el período en que se congele el patrimonio de un accionista de una sociedad de responsabilidad limitada, las autoridades administrativas industriales y comerciales no tramitarán el registro de cambio de accionista, la presentación de los estatutos de la empresa para la transferencia por parte del accionista de la parte congelada del patrimonio. a otros accionistas de la sociedad, y la inscripción de la prenda de la parte congelada del capital social. Artículo 7 del "Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre determinadas cuestiones relativas a la congelación y subasta de acciones de propiedad estatal y acciones de personas jurídicas sociales de empresas que cotizan en bolsa": el párrafo 2 estipula que el efecto de la congelación de capital se extenderá a los dividendos y dividendos. , acciones liberadas y demás frutos generados del patrimonio, pero los accionistas o propietarios podrán aún disfrutar de los derechos derivados de la emisión o colocación de nuevas acciones por parte de la sociedad cotizada.

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