¿Qué son los “cuasi-robos” y los “robos ficticios”?
1. El autor debe haber cometido cualquier tipo de conducta delictiva, como hurto, fraude o hurto. En cuanto a si el robo, fraude y robo de propiedad cometido por el autor debe alcanzar una "gran cantidad" para constituir un delito, consulte "Sobre cómo aplicar el artículo 153 de la Ley Penal" emitido por el Tribunal Supremo Popular y la Fiscalía Popular Suprema en marzo de 1988. "En la práctica judicial, algunos acusados han cometido actos de hurto, fraude y robo, aunque no han alcanzado el nivel de o amenazan con violencia, y si las circunstancias son graves, el infractor puede ser castigado como robo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley Penal.
2. El autor deberá utilizar la violencia o amenazar con utilizarla en el acto a los delincuentes que huyan del lugar y utilicen la violencia cuando sean perseguidos o. rodeado también debe considerarse que ha utilizado la violencia en el acto.
3. El perpetrador debe usar la violencia o amenazar con usarla para ocultar bienes robados, resistirse al arresto o destruir pruebas criminales. no comete violencia ni amenaza con violencia para los fines anteriores después de obtener ilegalmente la propiedad, no puede ser castigado como un delito de cuasi robo. Por ejemplo, en el proceso de hurto, fraude o robo, el perpetrador utiliza la violencia o amenaza a la víctima con. resistencia. El delito de robo ficticio puede ser condenado y castigado directamente con amenazas de violencia para obtener propiedad en el acto.
La característica del robo ficticio es que el mismo comportamiento se trata como comportamientos diferentes, o el comportamiento que. no cumple una determinada regla se trata como una regla. En el momento de redactar la ley, aunque el legislador sabía que T2 y T1 no eran en realidad idénticos, aun así dieron a T2 y T1 el mismo efecto legal para algún propósito. instruir al aplicador de la ley a considerar T2 como T1. Ejemplo, aplicar las disposiciones legales de T1 a T2.