Las empresas firman contratos laborales con los empleados para evitar la seguridad social.
Es posible. La subcontratación de la seguridad social es la subcontratación del trabajo relacionado con los recursos humanos por parte de diferentes empresas. El Estado obliga a los empleados a participar en el seguro social. Siempre que firmes un contrato laboral con la empresa, deberás pagar, independientemente de si es un período de prueba o no. La empresa firma contratos laborales con los empleados y las cotizaciones a la seguridad social las paga un tercero. Esta práctica de la empresa viola lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo. Si desea volver a firmar contratos laborales con empleados, no puede evitar riesgos legales.
Es legal que la empresa de despacho de mano de obra pague las cuotas de seguridad social firmando un acuerdo de despacho de mano de obra con una empresa de despacho de mano de obra y aceptando personal de despacho de mano de obra.
Si un trabajador renuncia, le puede resultar difícil acudir a la Caja de Seguro Social para realizar los trámites de traslado a la seguridad social, y no firma un contrato de despacho laboral. El comportamiento de la empresa viola lo establecido. de la Ley de Contrato de Trabajo. Si desea volver a firmar contratos laborales con empleados, no puede evitar riesgos legales.
Base jurídica:
Artículo 13 del "Reglamento sobre la seguridad mínima de vida para los residentes urbanos". Quien se dedique a la gestión y aprobación de la seguridad mínima de vida para los residentes urbanos deberá ser criticado y educado. y se le impondrán sanciones administrativas de conformidad con la ley. Será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley quien cometa un delito:
(1) Negarse a firmar un dictamen sobre el disfrute de los residentes urbanos; 'garantía de vida mínima para una familia que es elegible para disfrutar de la garantía de vida mínima de los residentes urbanos, o cometer deliberadamente un error con una familia que no es elegible para disfrutar de la garantía de vida mínima de los residentes urbanos Las familias que cumplen ciertas condiciones firman opiniones sobre el disfrute la seguridad mínima de vida para los residentes urbanos;
(2) Negligencia del deber, práctica de favoritismo, o malversación, apropiación indebida, retención o incumplimiento de la seguridad mínima de vida para los residentes urbanos.