¿Necesita la empresa un informe anual después de promocionarse?
De acuerdo con las disposiciones del "Reglamento Provisional sobre Divulgación de Información Empresarial", las empresas deben iniciar sesión en el Sistema Nacional de Divulgación de Información Crediticia Empresarial entre enero y el 30 de junio de cada año para completar el informe anual del el año anterior y divulgarla al público de conformidad con la ley;
La información autodivulgada se refiere a información sobre accionistas y inversiones, información sobre licencias administrativas, información sobre transferencias de capital, información sobre garantías de propiedad intelectual e información sobre sanciones administrativas. . Las empresas deben iniciar sesión en el Sistema Nacional de Divulgación de Información Crediticia Empresarial dentro de los 20 días hábiles posteriores a la generación de la información anterior y divulgarla de acuerdo con la ley.