¿Cómo pueden los acreedores cobrar deudas de manera efectiva cuando las parejas utilizan divorcios falsos para evitar deudas?
En la práctica, si una pareja * * * pide dinero prestado en el extranjero o una de las partes pide un préstamo y la otra voluntariamente ofrece una garantía, la deuda pertenece tanto al marido como a la mujer. Los acreedores les pisan los talones, por lo que a menudo se reúnen con los acreedores y el cónyuge para fingir divorcios y evitar deudas. El llamado divorcio falso aquí no es estricto. De hecho, un divorcio real se obtiene después de pasar por los procedimientos de registro civil de divorcio. La razón por la que se llama falso significa que la relación entre las dos partes no se ha roto y todavía viven bien juntos.
Una característica importante de un divorcio falso es que cuando va a la Oficina de Asuntos Civiles para firmar un acuerdo de divorcio, el hombre básicamente transfiere todos sus bienes a su esposa y todas las deudas corren por su cuenta. Cuando el acreedor finalmente ganó el caso y solicitó la ejecución, el hombre extendió las manos y dijo que no tenía propiedades. El bebé del acreedor se siente amargado, pero muchas veces es imposible evitarlo. Si las condiciones lo permiten, se recomienda incluir al cónyuge del deudor como * * * coacusado al comienzo del proceso, o agregar a la persona sujeta a ejecución en el procedimiento de ejecución (ambos requieren revisión y pueden no tener éxito).
Además, vale la pena considerar los siguientes métodos.
En primer lugar, la pelea es inválida: por ejemplo, la deuda del hombre ya se ha formado, o incluso el acreedor ha iniciado una demanda. En ese momento, el hombre y la mujer acordaron mediante un acuerdo de divorcio que la mayor parte de la propiedad pertenecería a la mujer, lo que redujo en gran medida la capacidad del hombre para pagar las deudas. Si se puede probar una colusión maliciosa (de hecho, es difícil probarlo, cuantas más pruebas, mejor), el acuerdo anterior no será válido. En este punto, los bienes involucrados en el caso siguen siendo propiedad conjunta del marido y la mujer.
Base jurídica: Artículo 154 del Código Civil. Son nulas las acciones judiciales civiles en las que el actor se confabula maliciosamente con la contraparte y lesiona los derechos e intereses legítimos de otros.
2. Cancelación: Es más común que el deudor no cobre la deuda, o transfiera el inmueble a familiares y amigos de forma gratuita. En este caso puede interponer acción de revocación, pero hay que señalar que es dentro del plazo de un año.
Base jurídica: Artículo 538 del Código Civil. Si el deudor dispone de derechos e intereses reales sin compensación, renunciando a los derechos del acreedor, renunciando a la garantía de los derechos del acreedor, transfiriendo bienes gratuitamente o extendiendo maliciosamente el plazo para el cumplimiento de los derechos del acreedor debido, lo que afecta la realización de los derechos del acreedor, el El acreedor puede solicitar al tribunal popular que cancele la conducta del deudor.
Artículo 539: Si un deudor transfiere bienes a un precio manifiestamente irracionalmente bajo, acepta bienes ajenos a un precio manifiestamente irrazonable, o presta garantía sobre deudas ajenas, lo que afecta la realización de los derechos del acreedor, el contraparte del deudor Si el acreedor conoce o debe conocer la situación, podrá solicitar al tribunal popular que revoque el acto del deudor.
Artículo 541: El derecho de revocación deberá ejercerse dentro del año siguiente a la fecha en que el acreedor conozca o deba conocer el motivo de la revocación. Si el deudor no ejercita el derecho de revocación dentro de los cinco años siguientes a la fecha del acto del deudor, el derecho de revocación quedará extinguido.
En tercer lugar, presentar una demanda contra un tercero: por ejemplo, la mujer sabe que su cónyuge tiene deudas externas, pero cuando se llega a un acuerdo de mediación en el proceso de divorcio, ella todavía acepta los bienes del hombre a un precio razonable. precio irrazonablemente bajo. En este momento, el acreedor puede presentar una demanda contra el tercero y solicitar la cancelación del acuerdo de mediación original.
Base jurídica: Artículo 59 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. ..... El tercero de los dos párrafos anteriores no participa en el litigio por causas que no le son imputables, pero existe prueba que acredita que parte o la totalidad de la sentencia, fallo o documento de mediación con eficacia jurídica es erróneo, que lesione sus derechos e intereses civiles, podrá interponer demanda ante el tribunal popular que dictó la sentencia, fallo o documento de mediación dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que conoció o debió haber conocido que sus derechos e intereses civiles eran. perjudicado. Después de conocer el caso, el tribunal popular modificará o revocará la sentencia, fallo o documento de mediación original, si no se establece el reclamo, el reclamo será desestimado;
Consejo: Cuando un tercero quiera cambiar la sentencia, fallo o documento de mediación original, deberá presentar un recurso de apelación en el plazo de 6 meses. Esta es una ley que se ignora fácilmente, pero deja oportunidades para que terceros la aprovechen.