¿Introducción a las normas de protección contra incendios para edificios civiles de varios pisos?
El "Código de protección contra incendios para el diseño de edificios civiles de varios pisos" incluye principalmente: (1) Principios generales (2) Terminología ( 3) Clasificación del edificio y grado de resistencia al fuego (4) Plano general y distribución (5) Prevención de incendios, zonificación de prevención de humo y estructura del edificio (6) Evacuación de seguridad y ascensor contra incendios (7) Suministro de agua contra incendios y equipo de extinción de incendios (8) Prevención de humo , extracción de humos y ventilación, aire acondicionado (8)
Disposiciones generales
6.1.1 Cada zona de protección contra incendios de un edificio de gran altura deberá tener al menos dos salidas de incendios. Sin embargo, si se cumple una de las siguientes condiciones, se pueden instalar salidas de seguridad:
6.1.1.1 Edificios residenciales en torre con 18 pisos o menos, cada piso no deberá exceder ocho viviendas, el área del edificio no excederá los 650 m2 y estará equipado con escaleras de humos y ascensores contra incendios a prueba de aire.
6.1.1.2 Cada unidad en el piso 18 e inferiores está equipada con escaleras de evacuación que conducen al techo. Las escaleras conectan las unidades a través del techo y hay cortafuegos entre las unidades. La puerta es una puerta contra incendios Clase A y cada unidad está equipada con una escalera de evacuación que conduce al techo. Las escaleras de las unidades adyacentes en el piso 18 y superiores están conectadas a través de balcones o pasillos empotrados (los techos no pueden estar conectados). Los cortafuegos se instalan entre algunas unidades en el piso 18 y debajo. Las puertas son puertas cortafuegos de Clase A. El ancho de la pared entre las ventanas y la altura del alféizar de la ventana son superiores a 1,2 m.
6.1.1.3 Excepto bajo tierra, cuando hay puertas cortafuegos que conectan los muros cortafuegos entre dos zonas de protección contra incendios adyacentes, y la suma de las áreas de construcción de las dos zonas de protección contra incendios adyacentes no excede los requisitos de la Tabla 6.1.1 de los edificios públicos.
6.1.2 Los edificios de gran altura tipo torre deberán disponer de dos escaleras de evacuación independientes. Cuando efectivamente existan dificultades se pueden instalar escaleras de tijera, pero se deben cumplir los siguientes requisitos:
6.1.2.1 Las escaleras de tijera deben ser escaleras a prueba de humo.
6.1.2.2 Entre los escalones de las escaleras de tijera se deberían instalar tabiques incombustibles con una clasificación de resistencia al fuego no inferior a 1,00 h.
6.1.2.3 Las escaleras de tijera deben estar equipadas con espacios frontales separados. Si la casa torre es realmente difícil, se puede instalar una habitación en el frente, pero las dos escaleras deben estar equipadas con sistemas de suministro de aire a presión, respectivamente.
6.1.3 La puerta de un edificio residencial de gran altura no debe abrirse directamente a la habitación del frente. Cuando surgen dificultades, algunas puertas que conducen a la sala del frente deben ser puertas cortafuegos Clase B.
6.1.3A Las escaleras de evacuación para edificios residenciales en edificios comerciales y residenciales deben instalarse de forma independiente.
6.1.4 El diseño de grandes espacios en edificios públicos de gran altura debe cumplir con la normativa de evacuación en doble sentido o pasarelas de bolsillo.
6.1.5 Las salidas de los edificios de gran altura deben disponerse de forma dispersa, y la distancia entre dos salidas no debe ser inferior a 5,00 m. La distancia segura de evacuación debe cumplir con lo establecido en la Tabla 6.1.5. .
6.1.6 La distancia de evacuación segura de una residencia con terraza debe calcularse desde la puerta, y la distancia de una pequeña escalera debe calcularse como 1,50 veces su proyección horizontal.
6.1.7 La distancia en línea recta desde cualquier punto del auditorio, sala de exposiciones, sala multifunción, restaurante, sala de negocios y sala de lectura en un edificio de gran altura hasta la salida de evacuación más cercana debe no exceder los 30 m; otras habitaciones son las más alejadas. La distancia en línea recta desde el punto hasta la puerta no debe exceder los 15 m.
6.1.8 * * En un edificio, cuando el área del edificio es inferior a 60㎡, se puede instalar una puerta y el ancho neto de la puerta no debe ser inferior a 0,90 m. El área de construcción de la habitación al final del pasillo en un edificio público es menor que Cuando el área es de 75㎡, se puede instalar una puerta y el ancho neto de la puerta no debe ser inferior a 1,40 mm.
6.1.9 El ancho neto de la pasarela en un edificio de gran altura debe calcularse en base al número de personas que pasan por cada 100 personas que pasan, y no debe ser inferior a 1,00 m; El ancho total de la puerta de evacuación en el primer piso de un edificio de gran altura debe calcularse en función del número de personas en el primer piso (100 personas) no debe ser inferior a 1,00 m. El ancho libre de las puertas y pasillos de evacuación en el primer piso no debe ser menor que los requisitos de la Tabla 6.1.9.
6.1.10 El ancho libre de la puerta de la escalera de evacuación y su sala frontal debe calcularse en función del número de personas que pasan por cada 100 personas, pero el ancho libre mínimo no debe ser inferior a 0,90 m·m.. Para habitaciones dispuestas a un lado El ancho mínimo libre de los pasillos de las cunas en las casas no debe ser inferior a 0,90 metros
6.1.11 En edificios de gran altura, auditorios, salas de conferencias con asientos fijos y otros lugares concurridos, las pasarelas de evacuación y las salidas deben cumplir los siguientes requisitos:
p>6.1.11.1 El ancho libre de la pasarela de evacuación en el pasillo debe calcularse en función del número de personas que pasan por cada 100 personas, y no debe ser inferior a 0,80 m. El ancho libre mínimo de la acera no debe ser inferior a 0,80 m
6.1.11.2 Pasillo Se calcula el ancho total de las salidas de evacuación y pasillos de evacuación fuera del pasillo. basado en el número de personas por cada 100 personas en terreno con pendiente plana y el número de personas por 0,80 m en terreno escalonado. El ancho libre mínimo de las salidas de evacuación y los pasillos de evacuación no debe ser inferior a 1,40 metros
6.1.11.3 No debe haber escalones dentro o fuera de la puerta de salida de evacuación dentro de un rango de 1,40 m. La puerta debe abrirse. hacia afuera y no debe establecerse un umbral.
6.1.11.4 En la disposición de asientos en el vestíbulo, el número de filas entre pasillos horizontales no deberá exceder de 20, y el número de filas de asientos entre pasillos verticales no deberá exceder de 22 cuando se trate de la parte trasera actual; filas Cuando el espacio entre los asientos no es inferior a 0,90 m, cada fila de asientos puede tener 44 asientos; cuando hay un pasillo longitudinal en un solo lado, el número de asientos debe reducirse a la mitad.
6.1.11.5 El número medio de personas evacuadas por cada salida del vestíbulo no deberá superar las 250.
6.1.11.6 La puerta de evacuación en el vestíbulo debe ser una puerta exterior con pestillo a presión.
6.1.12 La evacuación segura de sótanos y semisótanos de edificios de gran altura debe cumplir los siguientes requisitos:
6.1.12.1 Cada zona de protección contra incendios debe tener al menos dos salidas de seguridad. Cuando hay dos o más compartimentos contra incendios y hay puertas contra incendios en las paredes contra incendios entre compartimentos contra incendios adyacentes, cada compartimento contra incendios puede estar provisto de una salida de seguridad que conduzca directamente al exterior.
6.1.12.2 Una habitación con una superficie no superior a 50 metros cuadrados y no frecuentada por más de 15 personas puede tener una sola puerta.
6.1.12.3 El ancho total de las salidas de evacuación en pasillos y habitaciones concurridos deberá calcularse en función del número de personas que transiten por ellas, y no deberá ser inferior a 1,00 m por cada 100 personas.
6.1.13 Los edificios públicos con una altura de edificación superior a 100 m deben estar equipados con pisos (habitaciones) de refugio y cumplir con las siguientes normas:
6.1.13.1 Desde el primer piso hasta el piso de refugio del primer piso de edificios de gran altura O el número de pisos de refugio entre dos pisos de refugio no debe exceder los 15.
6.1.13.2 Las escaleras antihumo que conducen al piso del refugio deben estar separadas, escalonadas en el mismo piso o desconectadas de los pisos superior e inferior, pero todo el personal debe pasar por el piso del refugio.
6.1.13.3 El área neta del piso del refugio debe cumplir con los requisitos de los refugiados diseñados y debe calcularse como 5,00 personas/㎡.
6.1.13.4 El piso del refugio también se puede utilizar como piso de equipos, pero las tuberías de los equipos deben disponerse de manera centralizada.
6.1.13.5 El piso del refugio debe estar equipado con una salida de ascensor contra incendios.
6.1.13.6 El piso del refugio debe estar equipado con un teléfono exclusivo contra incendios, así como con bocas de incendio y carretes contraincendios.
6.1.13.7 El piso del refugio cerrado debería estar equipado con instalaciones independientes de prevención de humo.
6.1.13.8 El piso del refugio debería estar equipado con radiodifusión de emergencia e iluminación de emergencia, con un tiempo de suministro de energía no menor a 1.00 h y la iluminación no menor a 1.00 lx.
6.1.14 Para edificios públicos con una altura superior a 100 m y un área de construcción estándar superior a 1000 m2, se debe instalar un helipuerto en la azotea o una instalación de rescate con helicópteros que cumpla con los siguientes requisitos:
6.1 .14.1 La distancia entre la plataforma de la plataforma del techo y la sala de equipos, sala de ascensores, sala de tanques de agua, antena y otros objetos salientes deberá ser de al menos 5,00 metros.
6.1.14.2 No debe haber menos de dos salidas y el ancho de cada salida no debe ser inferior a 0,90 m.
6.1.14.3 Instalar bocas de incendio en los lugares adecuados ubicaciones en la plataforma.
6.1.14.4 Se deberían instalar luces de obstáculos a la aviación e iluminación de emergencia alrededor de la plataforma.
6.1.15 Además de instalaciones de extracción de humos e iluminación de emergencia, cuando la longitud del pasillo en un edificio de gran altura supera los 20 m, se deben instalar instalaciones de iluminación natural directa y ventilación natural.
6.1.16 Las puertas de evacuación públicas en edificios de gran altura deberían abrirse en la dirección de evacuación y no deberían utilizarse puertas corredizas laterales, puertas colgantes ni puertas giratorias. Para evitar que personas ajenas entren a voluntad, las puertas de evacuación en lugares densamente poblados deben estar equipadas con dispositivos que puedan abrirse rápidamente sin utilizar herramientas, como llaves en caso de incendio, y las instrucciones de uso deben colocarse en lugares visibles.
6.1.17 Se debe instalar una cornisa ignífuga con un ancho no inferior a 1,00 m directamente encima de la salida de seguridad del edificio.
Escaleras y escaleras
6.2.1 Los edificios de Clase I y II con una altura superior a 32 m deben estar equipados con escaleras a prueba de humo, excepto las residencias modulares y de tipo veranda. La configuración de las escaleras a prueba de humo debe cumplir los siguientes requisitos:
6.2.1.1 No debe haber sala de estar, balcón o pasillo empotrado en la entrada de la escalera.
6.2.1.2 El área de la sala frontal no deberá ser inferior a 6,00㎡ para edificios públicos y no inferior a 4,50㎡ para edificios residenciales.
6.2.1.3 Las puertas de la sala delantera y del hueco de la escalera deben ser puertas cortafuegos Clase B y abrirse en la dirección de evacuación.
6.2.2 Los edificios de categoría II con podios y alturas de construcción que no excedan los 32 m, excepto las residencias modulares y de tipo veranda, deben estar equipados con escaleras cerradas. La configuración de las escaleras cerradas debe cumplir los siguientes requisitos:
6.2.2.1 Las escaleras deben apoyarse en paredes exteriores y deben tener iluminación natural directa y ventilación natural. Cuando no sea posible la iluminación natural directa y la ventilación natural, se deberán disponer según la normativa de escaleras antihumo.
6.2.2.2 Las puertas cortafuegos Clase B deben instalarse en el hueco de la escalera y las puertas cortafuegos deben abrirse en la dirección de evacuación.
Cuando el primer piso del hueco de la escalera en 6.2.2.3 está adyacente a la salida principal, el pasillo y el vestíbulo se pueden incluir en el hueco de la escalera para formar una escalera cerrada ampliada, pero se deben tomar medidas de prevención de incendios como las de Clase B. Se deben adoptar puertas cortafuegos para separarlos de otros pasillos y habitaciones.
6.2.3 Las escaleras de evacuación de cada unidad de la vivienda combinada deben estar conectadas al techo, y el montaje de las escaleras de evacuación debe cumplir los siguientes requisitos:
6. 3. 1 Piso 11 y inferiores La residencia de la unidad no necesita tener una escalera cerrada, pero la puerta que conduce a la escalera debe ser una puerta contra incendios Clase B. La escalera debe estar cerca de la pared exterior y debe estar equipada directamente. Con iluminación y ventilación natural.
6.2.3.2 Los edificios de apartamentos de 12 y 18 pisos deberían tener escaleras cerradas.
6.2.3.3 Las unidades en el piso 19 y superiores deben estar equipadas con escaleras a prueba de humo.
6. 2. 4 Las residencias tipo pasillo con 11 pisos o menos deben estar equipadas con escaleras cerradas; las residencias tipo pasillo con 11 pisos o más deben tener escaleras a prueba de humo.
6.2.5 Las salas frontales de las escaleras y las escaleras a prueba de humo deberán cumplir los siguientes requisitos:
6.2.5.1 Las paredes interiores de las salas frontales de las escaleras y las escaleras a prueba de humo , excepto No se abrirán otras puertas, ventanas o aberturas fuera de las puertas de evacuación que conducen a pasillos públicos y las puertas especificadas en el Artículo 6.1.3 de este código.
6.2.5.2 No debe haber tuberías de gas inflamable ni tuberías de líquido Clase A, B y C en la sala frontal de las escaleras interiores y escaleras a prueba de humo, y no debe haber protuberancias que afecten la evacuación.
6.2.5.3 Los gasoductos en edificios residenciales no deben pasar por escaleras. Cuando sea necesario atravesar parcialmente el hueco de la escalera en forma horizontal, se deben utilizar carcasas de acero como protección y deben cumplir con las disposiciones pertinentes de la norma nacional vigente "Código de Diseño de Gas Urbano".
6.2.6 A excepción de las escaleras escalonadas que conducen al piso del refugio, no se debe cambiar la ubicación de las escaleras de evacuación en cada piso, y el primer piso debe tener una salida directa al exterior.
Las escaleras de caracol y los escalones en forma de abanico no deben usarse para escaleras y pasillos de evacuación, pero el ángulo del plano formado por los escalones superior e inferior no debe exceder los 10, y el ancho del escalón está a 0,25 m de distancia. el pasamano de cada escalón supere los 0,22 m no está sujeto a esta restricción.
6.2.7 Además de lo dispuesto en la Cláusula 6.1.1.1 del Artículo 6.1 de este Código, para edificios de gran altura con edificios residenciales con terraza en el último piso, debe haber al menos dos escaleras de evacuación. que conduce al techo. La puerta debe abrirse hacia el techo.
6.2.8 En los huecos de escaleras de sótanos y semisótanos, el primer piso deberá estar separado del resto por tabiques con una clasificación de resistencia al fuego no inferior a 2,00 h, y deberá conectarse directamente a el aire libre. Cuando se deben abrir puertas en paredes divisorias, se deben utilizar puertas cortafuegos no inferiores a Clase B.
Un sótano o semisótano no * * compartirá una escalera con un nivel sobre el suelo. Cuando se deban utilizar * * * cajas de escaleras, las entradas y salidas del primer piso y subterráneas o semienterradas deben estar equipadas con tabiques con una clasificación de resistencia al fuego no menor a 2.00 h, separadas de puertas cortafuegos Clase B, y deben estar claramente marcado.
6.2.9 El ancho total de las escaleras de evacuación de cada piso deberá calcularse en no menos de 1,00 metros/100 personas de paso. Si el número de personas en cada piso no es igual, el ancho total se puede calcular por secciones, y el ancho total de las escaleras de evacuación del piso inferior se calcula en base al piso con mayor número de personas en el piso superior. El ancho libre mínimo de las escaleras de evacuación no debe ser inferior a los requisitos de la Tabla 6.2.9.
6.2.10 Las escaleras exteriores se pueden utilizar como escaleras auxiliares antihumo, y su ancho libre mínimo no debe ser inferior a 0,90 m cuando el ángulo de inclinación no sea superior a 45° y la altura de la misma. Si el pasamanos no mide menos de 1,10 m, el ancho de las escaleras exteriores se puede incluir en el ancho total de las escaleras de evacuación.
Las escaleras exteriores y los rellanos de salida de cada planta deberán estar fabricados con materiales incombustibles. El límite de resistencia al fuego de la plataforma no debe ser inferior a 1,00 h. A excepción de las puertas de evacuación, no se deben abrir otras puertas, ventanas ni orificios en las paredes dentro de los 2,00 m alrededor de las escaleras. Las puertas de evacuación deben ser puertas cortafuegos Clase B y no deben dar a escaleras.
6.2.11 El balcón y el corredor cóncavo al final de la pasarela en forma de bolsa en el edificio deben estar equipados con instalaciones auxiliares de evacuación conectadas a los pisos superior e inferior.
Ascensor contra incendios
6.3.1 Los siguientes edificios de gran altura deberían estar equipados con ascensores contra incendios:
6.3.1.1 Edificios públicos de categoría I .
6.3.1.2 Vivienda en torre.
6.3.1.3 Edificios de departamentos y residencias con terraza de 12 pisos o más.
6.3.1.4 Otros edificios públicos de categoría II con altura superior a 32 m.
6.3.2 El número de ascensores contra incendios en edificios de gran altura debe cumplir los siguientes requisitos:
6.3.2.1 Cuando el área de construcción de cada piso no sea mayor a 1500m2 , se debe proporcionar una unidad.
Cuando 6.3.2.2 sea mayor a 1500m2 pero no mayor a 4500m2, se deberán instalar dos conjuntos.
6.3.2.3 Cuando el área sea mayor a 4500m2 se deberán instalar 3 juegos.
6.3.2.4 Los ascensores contra incendios se pueden utilizar junto con ascensores de pasajeros o ascensores de servicio, pero deben cumplir con los requisitos de los ascensores contra incendios.
6.3.3 La instalación de los ascensores contra incendios debe cumplir los siguientes requisitos:
6.3.3.1 Los ascensores contra incendios deben ubicarse en diferentes zonas de protección contra incendios.
6.3.3.2 La sala del ascensor contra incendios debe estar equipada con una sala frontal, su área: los edificios residenciales no deben tener menos de 4,50 metros cuadrados; los edificios públicos no deben tener menos de 6,00 metros cuadrados. Cuando la sala del frente se comparte con la escalera a prueba de humo, su área: los edificios residenciales no deben ser inferiores a 6,00 metros cuadrados; los edificios públicos no deben ser inferiores a 10 metros cuadrados.
6.3.3.3 La sala frontal de la sala del ascensor contra incendios debe colocarse contra la pared exterior. El primer piso deberá tener una salida que conduzca directamente al exterior o un pasillo de no más de 30 m de longitud.
6.3.3.4 La puerta de la sala delantera del ascensor contra incendios debe ser una puerta contra incendios de Clase B o una persiana enrollable ignífuga con función de retención.
6.3.3.5 La capacidad de carga del ascensor contra incendios no debe ser inferior a 800 kg.
6.3.3.6 El hueco del ascensor contra incendios y la sala de máquinas deben estar separados de otros huecos de ascensor y salas de máquinas adyacentes mediante paredes divisorias con una clasificación de resistencia al fuego de no menos de 2,00 h h cuando se abre la puerta. En la pared divisoria se debe instalar una puerta de protección contra incendios Clase A.
6.3.3.7 La velocidad de funcionamiento del ascensor contra incendios debe calcularse y determinarse en función del tiempo de funcionamiento desde el primer piso hasta el último piso que no exceda los 60 segundos.
6.3.3.8 La decoración interior de la cabina del ascensor contra incendios debería estar fabricada con materiales no combustibles.
En 6.3.3.9, los cables y alambres de potencia y control deberían impermeabilizarse.
6.3.3.10 Se debería instalar un teléfono especial en la cabina del ascensor contra incendios y se debería proporcionar un botón de funcionamiento exclusivo para los bomberos en el primer piso.
6.3.3.11 La puerta de entrada de la sala del ascensor contra incendios debería estar equipada con instalaciones de retención de agua.
Se deben proporcionar instalaciones de drenaje en la parte inferior del elevador contra incendios. El volumen del pozo de drenaje no debe ser inferior a 2,00 m3 y el desplazamiento de la bomba de drenaje no debe ser inferior a 10 l/s.
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