¿Qué debo hacer si mi marca comercial es cuestionada?
Tanto los titulares de derechos anteriores como los interesados pueden presentar objeciones de marca. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Marcas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio, el titular del derecho anterior o el interesado considera que la marca viola los párrafos 2, 3 y 3 del artículo 13, párrafo 15 de esta Ley. 1 del artículo 16, artículo 30, artículo 31 y artículo 32, o quien considere que viola los artículos 4, 10 y 11 de esta Ley, artículo 12.
Objetividad jurídica:
Artículo 33 de la “Ley de Marcas” Dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio, si el titular del derecho anterior o el interesado considera que la marca viola estas disposiciones. del párrafo 2 y el párrafo 3 del artículo 13, el párrafo 15 del artículo 16, el párrafo 1 del artículo 16, el artículo 30, el artículo 31 y el artículo 32 de la Ley, o cualquier persona que considere que hay una violación de los artículos 4, 10, 11, 12 y 19 de esta Ley, y si no hubiere objeción al vencimiento del plazo de convocatoria, se aprobará el registro, se expedirá un certificado de registro de marca y se anunciará la marca.