En la teoría del derecho civil, los hechos jurídicos civiles se dividen en hechos naturales y comportamientos. ¿Cuál de las siguientes opciones es un hecho natural? ().
Respuesta: b
Esta pregunta examina la clasificación de los hechos jurídicos civiles. Los hechos jurídicos civiles se pueden dividir en hechos naturales y actos de origen humano en función de si están relacionados con la voluntad de las partes. Los hechos naturales se refieren a hechos jurídicos que nada tienen que ver con la voluntad humana, incluidos los acontecimientos y los estados. Los eventos se refieren a la ocurrencia de fenómenos objetivos. Por ejemplo, el nacimiento, la vejez, la enfermedad y la muerte de las personas y la aparición de desastres naturales. Estado se refiere a la persistencia de fenómenos objetivos. Por ejemplo, se desconoce el paradero de personas físicas, ha pasado el tiempo, etc.