Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son las condiciones para que las empleadas se jubilen a los 55 años?

¿Cuáles son las condiciones para que las empleadas se jubilen a los 55 años?

La edad de jubilación para las mujeres es de 50 años y para las directivas femeninas es de 55 años. Por lo tanto, según la edad normal de jubilación, las mujeres pueden jubilarse directamente a la edad de 50 años y disfrutar de las prestaciones de pensión. Para tipos de trabajo especiales, el empleado debe tener más de 45 años; las mujeres dirigentes que tengan más de 55 años y no puedan dedicarse a la producción laboral deben solicitar la jubilación por motivos médicos a la edad de 45 años.

1. ¿Cuáles son las condiciones para que las empleadas se jubilen a los 55 años?

La jubilación a los 55 años requiere cumplir con unas condiciones laborales. Los requisitos específicos son los siguientes: Artículo 1 de las Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores Trabajadores de empresas e instituciones de propiedad popular, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones. Se jubilarán: (1) Los varones tienen más de sesenta años, la mujer tiene más de 50 años y tiene una vida útil continua de 65.438+00 años. (2) Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados ​​u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de 55 años, mujeres mayores de 45 años, y hayan trabajado ininterrumpidamente durante diez años. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. (3) Si un hombre tiene más de 50 años y una mujer tiene más de 45 años, ha trabajado continuamente durante 10 años y ha perdido completamente la capacidad para trabajar, deberá ser certificado por el hospital y confirmado por la tasación laboral. comité; (4) Si el hombre ha sido certificado por el hospital y confirmado por el comité de evaluación laboral, la persona ha perdido por completo la capacidad para trabajar. Personas con discapacidad relacionada con el trabajo que son capaces.

2. ¿A qué edad puede jubilarse una empleada?

1. Pueden jubilarse los cuadros de organismos del partido y del gobierno, organizaciones de masas, empresas e instituciones que cumplan una de las siguientes condiciones:

(1) Los hombres tienen más de 60 años y las mujeres. tiene 55 años arriba, ha trabajado diez años;

(2) Los hombres tienen más de cincuenta años, las mujeres tienen más de cuarenta y cinco años, han trabajado diez años y han sido diagnosticados. por el hospital por haber perdido completamente la capacidad para trabajar;

(3) Aquellos que están discapacitados debido al trabajo y han perdido por completo la capacidad para trabajar según lo determinado por el hospital.

2. Base jurídica: Medidas Provisionales del Consejo de Estado sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores.

Artículo 1 Se jubilarán los trabajadores de empresas e instituciones de propiedad popular, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones.

(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y haber trabajado continuamente durante diez años.

(2) Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, especialmente pesados ​​u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de 55 años, mujeres mayores de 45 años y que tengan Trabajó continuamente durante diez años.

Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.

(3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, han sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y han perdido por completo la capacidad de trabajar.

(4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y determinado por el Comité de Evaluación Laboral como totalmente incapaz para trabajar.

Base legal: Artículo 1 de las "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores" Trabajadores en empresas e instituciones de propiedad de todo el pueblo, agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplen con una se jubilarán de las siguientes condiciones: (1) El varón deberá tener más de 60 años, la mujer deberá tener más de 50 años y la antigüedad continua en el servicio deberá ser de 65,438+00 años. (2) Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados ​​u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de 55 años, mujeres mayores de 45 años, y hayan trabajado ininterrumpidamente durante diez años. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. (3) Si un hombre tiene más de 50 años y una mujer tiene más de 45 años, ha trabajado continuamente durante 10 años y ha perdido completamente la capacidad para trabajar, deberá ser certificado por el hospital y confirmado por la tasación laboral. comité; (4) Si el hombre ha sido certificado por el hospital y confirmado por el comité de evaluación laboral, la persona ha perdido por completo la capacidad para trabajar. Personas con discapacidad relacionada con el trabajo que son capaces.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base legal: Medidas Provisionales del Consejo de Estado sobre Retiro y Renuncia de Trabajadores.

Artículo 1 Empleados de empresas e instituciones propiedad de todo el pueblo, agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas:

(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 60 años. tener más de 50 años, y sus años de servicio acumulados sean superiores a diez años.

(2) Los hombres deberán tener más de cincuenta y cinco años y las mujeres, más de cuarenta y cinco años, con experiencia laboral acumulada; de diez años o más, dedicados a trabajos manuales subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados, u otros trabajos que sean perjudiciales para la salud;

(3) Los hombres deben tener más de cincuenta años, las mujeres deben tener más de cuarenta y cinco años y tener una experiencia acumulada de servicio de diez años. Se permite la jubilación previa certificación del hospital y confirmación del Comité de Evaluación Laboral.