La agencia de seguridad nacional deberá hacerlo dentro de unos días hábiles contados a partir de la fecha de la toma de la decisión.
Base jurídica: "Medidas provisionales para la divulgación en línea de información sobre los resultados de sanciones administrativas"
Artículo 2 Estas medidas se aplicarán a la divulgación en línea de información sobre los resultados de sanciones administrativas de los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley. en todos los niveles. La expresión "organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los organismos administrativos con facultades estatutarias de sanción administrativa y a las organizaciones con funciones de sanción administrativa autorizadas por leyes y reglamentos, así como a las organizaciones encargadas de ejercer facultades de sanción administrativa de conformidad con la ley; Los archivos de información de resultados de sanciones administrativas se refieren a los archivos de información de resultados de sanciones administrativas. El contenido de los asuntos establecidos en la decisión de sanción. Si las leyes y reglamentos tienen otras disposiciones sobre la divulgación en línea de información sobre los resultados de sanciones administrativas, dichas disposiciones prevalecerán.
Artículo 5 La información sobre los resultados de las sanciones administrativas no se divulgará en línea en ninguna de las siguientes circunstancias:
(a) La persona sancionada es un menor de edad;
(2) Los principales hechos del caso involucran secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal;
(3) La divulgación puede poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social;
(4) Otra información sobre el resultado de sanciones administrativas que los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley a nivel provincial o superior consideren inapropiado divulgar en línea.
3.Artículo 6. Cuando la información del resultado de la sanción administrativa se divulga en línea, se puede divulgar el texto completo o la información resumida de la decisión de la sanción administrativa.
4. Artículo 7. Cuando se divulgue en Internet información sobre resultados de sanciones administrativas, se deberá ocultar el siguiente contenido:
(1) Información personal como domicilio de la persona física, método de comunicación, número de identificación, número de cuenta bancaria, estado de salud. estado, etc., así como la persona sancionada El nombre de una persona física que no sea el nombre de una persona física;
(2) El número de cuenta bancaria de una persona jurídica u otra organización;
(3) Otro contenido que no debe divulgarse.
Artículo 8 Los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley divulgarán en línea la información sobre los resultados de las sanciones administrativas 20 días hábiles antes de la fecha de adopción o modificación de la decisión de la sanción administrativa.
Si la decisión de sanción administrativa original se revoca de acuerdo con la ley, se confirma que es ilegal o se requiere que se tome nuevamente, la agencia administrativa de aplicación de la ley eliminará la información del resultado de la sanción administrativa publicada en Internet dentro de 5 días hábiles y proporcione una explicación.
Artículo 9 Si la agencia administrativa de aplicación de la ley descubre que la información sobre los resultados de las sanciones administrativas publicada en línea es inexacta, deberá realizar las correcciones oportunas. Si los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones tienen pruebas que demuestran que la información sobre el resultado de la sanción administrativa divulgada por el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley en Internet es inexacta, tienen derecho a solicitar que el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que la haya divulgado haga correcciones; La agencia administrativa encargada de hacer cumplir la ley manejará el asunto dentro de los 5 días hábiles.