¿Qué establece el artículo 300 de la Ley Penal?
El artículo 300 del Código Penal define y determina las actividades ilegales de sectas y otras organizaciones. Entre ellos, el comportamiento de organizaciones sectarias que engañan y violan a mujeres debería ser castigado según el delito de violación y fraude. Artículo 300 Quien organice o utilice una organización sectaria o utilice la superstición para socavar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a siete años, y también multa si; las circunstancias son particularmente graves, se le impondrá una pena de prisión de duración determinada no inferior a siete años o cadena perpetua, o se le impondrá también una multa o confiscación de bienes, si las circunstancias son relativamente menores, la persona será condenada a una pena de prisión fija; -pena de prisión no superior a tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado o será multado solo. El que organice o utilice una organización sectaria o utilice la superstición para engañar a otros, causando lesiones graves o la muerte, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Quien cometa el delito previsto en el párrafo 1 y cometa otros actos delictivos como violación de mujeres, defraudación de bienes, etc., será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples.