Proceso de archivado seguro
1 Una vez que una empresa obtiene el derecho a operar comercio exterior, debe acudir a la sucursal local de la Administración Estatal de Divisas con el bien. certificados de derechos de importación y exportación y solicitudes pertinentes para pasar por los procedimientos de registro ante la Administración Estatal de Divisas;
2 para empresas sin derechos de comercio exterior, si objetivamente necesitan realizar cobros y pagos de divisas; empresas, también pueden registrarse en la Administración Estatal de Divisas;
3. La Administración Estatal de Divisas revisa los materiales una vez que la verificación sea correcta, la empresa se registrará a través del sistema de seguimiento de divisas. para el comercio de bienes y se abrirá una cuenta comercial en línea del sistema de seguimiento para la empresa;
4. La oficina de cambio de divisas divulgará la información de registro de empresas nacionales a las instituciones financieras a través del sistema de seguimiento.
Reglamento sobre la administración de divisas para la inversión directa en el extranjero por parte de instituciones nacionales
Artículo 7
Después de que la inversión directa en el extranjero de instituciones nacionales sea aprobada por el departamento competente en a cargo de la inversión extranjera directa, se deberán proporcionar los siguientes materiales: Diríjase a la oficina de cambio local para solicitar el registro de divisas para la inversión directa en el extranjero:
(1) Solicite por escrito y complete el formulario "Foreign Formulario de solicitud de registro cambiario para inversión directa en el extranjero" (consulte el formato en el anexo 1);
(2) ) Descripción de la fuente de los fondos en divisas;
(3) Negocio válido certificado de licencia o registro y certificado de código de organización de la institución nacional;
(4) Aprobación de la inversión por parte de autoridades extranjeras de inversión directa. Documentos o certificados de aprobación;
(5) Si el certificado inicial se remiten los gastos, aportar la documentación pertinente y comprobantes de remesa;
(6) Otros materiales requeridos por la casa de cambio.