Reglamento de apertura e intercambio de recursos científicos y tecnológicos de la ciudad de Taiyuan
Artículo 1 Para lograr la apertura y el intercambio de recursos científicos y tecnológicos, mejorar la eficiencia del uso de los recursos científicos y tecnológicos, reducir el costo de la innovación científica y tecnológica y mejorar la capacidad de las empresas independientes. innovación, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes y a la luz de la situación real de esta ciudad. Artículo 2 El presente reglamento se aplicará a la apertura y el intercambio de recursos científicos y tecnológicos dentro de esta región administrativa.
Los recursos científicos y tecnológicos a que se refiere este Reglamento incluyen recursos tales como bases de investigación y pruebas, instrumentos y equipos científicos de gran escala, recursos científicos y tecnológicos naturales, datos científicos y tecnológicos, literatura científica y tecnológica, y los logros científicos y tecnológicos en materia de bienestar público.
El término "intercambio abierto de ***", como se menciona en este Reglamento, se refiere a los recursos científicos y tecnológicos que serán propiedad de instituciones de investigación científica, colegios y universidades, empresas, instituciones e individuos (en adelante denominados como propietarios de recursos científicos y tecnológicos) dentro de esta región administrativa Abiertos a la sociedad, compartidos con otras unidades e individuos, y utilizados para la investigación científica, la experimentación y el desarrollo tecnológico. Artículo 3 Los recursos científicos y tecnológicos formados por la inversión de fondos fiscales estarán abiertos al exterior y disfrutados por todos. El catálogo específico de recursos científicos y tecnológicos abiertos será determinado por el Gobierno Popular Municipal.
Fomentar la apertura al exterior de los recursos científicos y tecnológicos formados por otras formas de fondos y diversos tipos de asistencia gratuita para su pleno disfrute. Artículo 4 Los gobiernos populares municipales y distritales (ciudades, distritos) incorporarán la apertura y el intercambio de recursos científicos y tecnológicos en sus planes y planes de desarrollo científico y tecnológico, y los incluirán en el sistema anual de responsabilidad por objetivos de trabajo. Artículo 5: Los departamentos de ciencia y tecnología municipales y de condado (ciudad, distrito) son responsables de la apertura y el intercambio de recursos de ciencia y tecnología dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Los departamentos gubernamentales pertinentes, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, harán un buen trabajo en la apertura y el intercambio de recursos científicos y tecnológicos. Artículo 6 El Gobierno Popular Municipal construirá una plataforma de ciencia y tecnología básica con el uso colaborativo de instrumentos y equipos científicos a gran escala en Taiyuan como contenido básico, y la apertura e intercambio de documentos científicos, datos científicos y logros científicos y tecnológicos. y fortalecer la cooperación con los departamentos nacionales relevantes y otros La cooperación entre provincias y ciudades ha formado gradualmente un sistema abierto que conecta a todas las partes y desempeña un papel intermediario. Artículo 7 La plataforma de condiciones básicas de ciencia y tecnología establecerá un sistema de gestión de la información y, sobre la base de la seguridad de la información, hará pública la distribución, el nombre, la categoría, el alcance de la aplicación, las reglas de servicio externo y otra información de los recursos científicos y tecnológicos. y proporcionar una red en línea para la apertura de recursos científicos y tecnológicos, consulta, recuperación, recomendación de servicios, capacitación técnica y otros servicios.
Los propietarios de recursos científicos y tecnológicos deben proporcionar información relevante sobre los recursos científicos y tecnológicos. Artículo 8 El departamento de ciencia y tecnología organizará la elaboración de un catálogo de recursos de ciencia y tecnología abiertos y compartidos y, previa confirmación del Gobierno Popular Municipal, lo publicará a través de la plataforma de condiciones básicas de ciencia y tecnología. Artículo 9: El uso de recursos científicos y tecnológicos abiertos y compartidos será remunerado. Los propietarios de los recursos científicos y tecnológicos celebrarán un acuerdo con los usuarios de los recursos científicos y tecnológicos para acordar el contenido y las tarifas del servicio. Artículo 10 Los propietarios de recursos científicos y tecnológicos que proporcionen servicios exclusivos de recursos científicos y tecnológicos disfrutarán de los siguientes derechos y cumplirán las obligaciones correspondientes:
(1) La propiedad y otros derechos de los recursos científicos y tecnológicos estarán protegidos por la ley. ;
(2) Recaudar honorarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de este Reglamento;
(3) Prestar servicios exclusivos que cumplan con los requisitos de evaluación, pudiendo obtener subsidios de operación y mejorar los subsidios de los fondos fiscales;
(4) Tener el nivel técnico, personal profesional, instalaciones relevantes, sistemas de gestión y otras condiciones para la custodia y mantenimiento de los recursos científicos y tecnológicos, mantener intactos los recursos científicos y tecnológicos; y normal, y garantizar el uso de los usuarios;
( 5) Guardar secretos técnicos para los usuarios. Artículo 11 Los usuarios de los recursos científicos y tecnológicos gozarán de los siguientes derechos y cumplirán las obligaciones correspondientes:
(1) El derecho a utilizar y disfrutar los recursos científicos y tecnológicos de conformidad con la ley;
(2) Además de las leyes, a menos que ambas partes estipulen o acuerden lo contrario, la empresa tendrá derechos de propiedad sobre los resultados y los nuevos recursos científicos y tecnológicos formados mediante la utilización de los recursos científicos y tecnológicos compartidos;
(3) El pago se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de este Reglamento de Gastos;
(4) El uso razonable y adecuado de los recursos científicos y tecnológicos, y las medidas efectivas de protección y gestión para prevenir daños o pérdida de recursos científicos y tecnológicos;
(5) No infracción de los derechos de propiedad intelectual y derechos e intereses conexos de los propietarios de recursos científicos y tecnológicos. Artículo 12 Los gobiernos populares municipales y distritales (ciudades, distritos) establecerán fondos especiales para la apertura y disfrute de los recursos científicos y tecnológicos en los gastos de ciencia y tecnología dispuestos en el presupuesto fiscal.
Los fondos especiales se utilizan principalmente para:
(1) La construcción, gestión y operación de plataformas de ciencia y tecnología básicas;
(2) La construcción, mantenimiento y operación de centros de bienestar público y recursos básicos de ciencia y tecnología* **Compartir;
(3) Investigación y desarrollo de tecnología para el intercambio abierto de recursos científicos y tecnológicos;
(4) Capacitación de personal técnico y gerencial para el intercambio abierto de recursos científicos y tecnológicos;
(5) Subsidios de operación y subsidios de mejora para servicios abiertos y exclusivos de recursos científicos y tecnológicos. Artículo 13 Si los fondos financieros de la ciudad o condado (ciudad, distrito) se utilizan total o parcialmente para comprar nuevos instrumentos y equipos científicos a gran escala o construir una nueva base de investigación y pruebas, los departamentos de ciencia y tecnología, finanzas y otros departamentos relevantes deben organizar expertos relevantes. para evaluar su necesidad. Después de la evaluación, si la ciudad ya cuenta con instrumentos y equipos científicos similares a gran escala o los servicios exclusivos proporcionados por la base de investigación y pruebas pueden satisfacer las necesidades de las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico relevantes del solicitante, no se permiten nuevas compras ni construcciones. Artículo 14 Si se aprueba la compra de instrumentos y equipos científicos a gran escala o la construcción de una base de investigación y pruebas, los departamentos administrativos pertinentes especificarán los requisitos pertinentes de apertura y participación en el contrato del proyecto o en el documento de aprobación del proyecto. Artículo 15 Esta ciudad establece un sistema de evaluación de la apertura e intercambio de recursos científicos y tecnológicos.
El departamento de ciencia y tecnología competente organizará expertos relevantes para evaluar periódicamente a los propietarios de recursos científicos y tecnológicos que se unan a la plataforma de ciencia y tecnología básica en términos de tiempo de servicio exclusivo, calidad del servicio, apertura de funciones y formación de talentos. , etc., y deberá Los resultados de la evaluación se anunciarán al público. Los resultados de la evaluación sirven como base principal para las subvenciones de funcionamiento y de mejora.