Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son las instituciones que brindan servicios de colocación laboral y orientación profesional de acuerdo con las políticas nacionales?

¿Cuáles son las instituciones que brindan servicios de colocación laboral y orientación profesional de acuerdo con las políticas nacionales?

Aviso del Ministerio de Trabajo sobre la emisión de reglamentos sobre empleo Introducción

2005-11-01

Departamentos (oficinas) de trabajo (trabajo y personal) de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el Gobierno Central y las ciudades bajo planificación estatal separada, y departamentos relevantes del Consejo de Estado, Departamento de Gestión de Producción del Departamento de Logística General del Ejército Popular de Liberación, Oficina Laboral del Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang:

En De conformidad con las disposiciones pertinentes de la "Ley del Trabajo", hemos formulado el "Reglamento de Introducción Ocupacional", que ahora está promulgado. Ya se le ha emitido el "Reglamento de Introducción al Empleo". Para el registro industrial y comercial, el departamento administrativo laboral local y el departamento administrativo industrial y comercial podrán formular conjuntamente medidas específicas para el establecimiento de agencias de empleo con fines de lucro después de solicitar las opiniones de la Administración Estatal de Industria y Comercio.

Reglamento de las Agencias de Empleo

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 Para regular las actividades de las agencias de empleo y promover la selección mutua entre trabajadores y empleadores, de acuerdo con el Reglamento del Trabajo. Ley Se formulan las disposiciones pertinentes de este Reglamento.

Artículo 2: Este reglamento se aplica a las siguientes agencias de empleo:

(1) Agencias de empleo administradas por departamentos de trabajo;

(2) Departamentos no laborales Agencias de empleo gestionadas por particulares;

(3) Agencias de empleo gestionadas por ciudadanos individuales.

Cuando los ciudadanos individuales realicen actividades de inserción laboral deberán cumplir con el presente reglamento.

Artículo 3 Las agencias de empleo administradas por departamentos no laborales se refieren a agencias de empleo administradas por otros departamentos gubernamentales, empresas, instituciones y grupos sociales distintos del departamento de trabajo.

Artículo 4: La colocación laboral debe realizarse de conformidad con la ley y de conformidad con las directrices y políticas nacionales pertinentes.

Artículo 5: La introducción del empleo debe integrarse estrechamente con la capacitación laboral, el seguro de desempleo, la producción de autoayuda y otros servicios de empleo, y tomar medidas generales.

Artículo 6 El departamento administrativo laboral del gobierno popular a nivel de condado o superior será responsable del trabajo de introducción de empleo dentro de su propia región administrativa. Las agencias de trabajo y servicios de empleo afiliadas al departamento de administración del trabajo son específicamente responsables del trabajo de introducción de empleo en sus respectivas regiones.

Capítulo 2 Mecanismo

Artículo 7: Las agencias de empleo (incluidas las estaciones y oficinas de servicio de trabajo municipal, municipal y callejero) administradas por el departamento de trabajo son instituciones de bienestar público.

Las agencias de empleo administradas por departamentos no laborales y ciudadanos individuales pueden ser unidades de bienestar público o unidades con fines de lucro.

Artículo 8 El establecimiento de una agencia de empleo deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener lugares e instalaciones comerciales fijos;

(2) Tener las necesarias Capital inicial;

(3) Tener los estatutos correspondientes

(4) Tener un alcance comercial claro

(5) Tener un determinado; número de empleos a tiempo completo Personal;

(6) Otras condiciones estipuladas por las leyes y reglamentos.

Artículo 9 El establecimiento de agencias de empleo por parte de los departamentos de trabajo a nivel de condado o superior estará sujeto al examen y aprobación de los departamentos administrativos de trabajo del mismo nivel.

El establecimiento de agencias de empleo en municipios, ciudades y calles estará sujeto a la aprobación de las agencias locales de servicios laborales y de empleo a nivel de condado.

Artículo 10 Los departamentos no laborales y los ciudadanos individuales deben presentar una solicitud a la agencia de servicio de empleo local a nivel de condado o superior con los certificados pertinentes para abrir una agencia de empleo. Después de aprobar el examen, obtendrán una agencia de empleo. licencia.

Para constituir una organización con fines de lucro, se debe registrar en el departamento de administración industrial y comercial con el documento de aprobación del departamento laboral.

Artículo 11 Si una agencia de empleo operada por un departamento no laboral o un ciudadano individual cambia su nombre o dirección, deberá informar a la agencia de empleo que originalmente solicitó la aprobación para su aprobación; la agencia de servicios de trabajo y empleo declarará su cancelación.

Artículo 12 La denominación de la agencia de colocación se determinará de conformidad con la reglamentación pertinente del Ministerio de Trabajo.

Capítulo 3 Responsabilidades y Responsabilidades

Artículo 13 Las agencias de empleo registrarán las solicitudes de empleo de los trabajadores y la contratación de los empleadores.

Artículo 14 Las agencias de empleo proporcionarán a los solicitantes de empleo información sobre la demanda de empleo y recomendarán empleadores a los solicitantes de empleo.

Los solicitantes de empleo se refieren a personas desempleadas urbanas, empleados actuales que necesitan cambiar de trabajo, mano de obra excedente rural y otras personas registradas en agencias de empleo.

Artículo 15 Las agencias de empleo proporcionarán información sobre recursos laborales a los empleadores y recomendarán a los solicitantes de empleo a los empleadores.

Artículo 16 Las agencias de empleo proporcionarán orientación y consulta sobre el empleo de los trabajadores y la contratación por parte de los empleadores, realizarán pruebas y evaluaciones de calidad a los solicitantes de empleo, los ayudarán a comprender la situación ocupacional, dominarán los métodos de búsqueda de empleo y orientarán a los empleadores. Elija el método de contratación correctamente e implemente los estándares de contratación estipulados por el estado.

Artículo 17 Las agencias de empleo proporcionarán información sobre la demanda vocacional a las instituciones de formación profesional y de formación laboral y recomendarán el personal que necesite formación.

Artículo 18 Las agencias de empleo prestarán servicios especiales a grupos especiales y a personas desempleadas de larga duración.

Artículo 19 Las agencias de empleo podrán organizar actividades de intercambio y negociación laboral, así como de contratación laboral, cooperación laboral y otras actividades para proporcionar servicios de empleo directo a los solicitantes de empleo.

Artículo 20 Las agencias de empleo podrán proporcionar servicios tales como recomendar empleo temporal y personal de servicios familiares según sea necesario.

Artículo 21: Las agencias de empleo establecerán una base de datos de información del mercado laboral, realizarán pronósticos de oferta y demanda de trabajo, proporcionarán servicios de consultoría en información laboral y recopilarán, gestionarán y publicarán periódicamente información del mercado laboral.

Las agencias de empleo administradas por el departamento de trabajo deben estar equipadas con computadoras y desarrollar y utilizar software de acuerdo con estándares nacionales unificados.

Artículo 22: El departamento administrativo del trabajo encomienda a las agencias integrales de empleo administradas por el departamento de trabajo la tarea de llevar a cabo los procedimientos de empleo, emitir los certificados pertinentes, guardar expedientes para los solicitantes de empleo y emitir beneficios del seguro de desempleo y otros servicios.

Artículo 23 El personal de la agencia de empleo deberá estar familiarizado con las leyes, reglamentos y políticas relacionadas con el empleo, tener los conocimientos y la capacidad laboral correspondientes, haber recibido capacitación calificada para la agencia de empleo y poseer un certificado de calificación para la agencia de empleo.

Artículo 24 El personal de la agencia de empleo debe implementar las especificaciones y estándares del servicio de la agencia de empleo y usar insignias de trabajo impresas uniformemente.

Capítulo 4 Gestión

Artículo 25 Las agencias de trabajo y servicios de empleo a nivel de condado o superior, bajo el liderazgo del departamento administrativo laboral del mismo nivel, desempeñarán sus funciones de organización e implementar el trabajo de introducción al empleo local. Las siguientes responsabilidades:

(1) Implementar las leyes y regulaciones laborales pertinentes;

(2) Formular e implementar planes de desarrollo y planes de trabajo para el trabajo de introducción al empleo. ;

(3) formular especificaciones y estándares para los servicios de las agencias de empleo;

(4) manejar los procedimientos de concesión de licencias de las agencias de empleo;

(5) resumir la oferta laboral local y exigir información y establecer un sistema de previsión;

(6) Capacitar al personal de las agencias de empleo y expedir certificados de calificación de las agencias de empleo;

(7) Otras funciones estipuladas en las leyes y reglamentos;

Las agencias de servicios laborales y de empleo a nivel de condado también deben ser responsables de la orientación y gestión de las estaciones y oficinas de servicios laborales de los municipios.

Artículo 26: Las licencias de las agencias de empleo serán impresas por las agencias de trabajo y servicios de empleo en las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de acuerdo con el formato unificado prescrito por el Ministerio de Trabajo.

Los certificados de empleo son emitidos por agencias locales de servicios laborales y de empleo, y se implementa un sistema de inspección anual.

Artículo 27 Las agencias de empleo administradas por departamentos no laborales y ciudadanos individuales deberán cumplir con las siguientes regulaciones:

(1) Debe trabajar dentro del ámbito comercial aprobado por el servicio de trabajo y empleo. agencia;

(2) Los objetivos del servicio deben ser empleadores o solicitantes de empleo dentro de la región administrativa;

(3) Informar periódicamente el trabajo a las agencias locales de servicios laborales y de empleo y completar estadísticas informar de acuerdo con las regulaciones y aceptar la supervisión e inspección;

(4) Su personal debe recibir capacitación profesional de acuerdo con las regulaciones y obtener las calificaciones correspondientes.

Artículo 28: Las agencias de empleo y los empleadores deben obtener la aprobación de las agencias locales de trabajo y servicios de empleo al publicar, transmitir y publicar anuncios de reclutamiento y contratación, y deben manejarlos de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 29: Los fondos requeridos para las agencias de empleo administradas por el departamento de trabajo serán asignados por las finanzas locales o subsidiados por las finanzas locales en la diferencia de asignación. Los fondos necesarios para las agencias de empleo administradas por departamentos no laborales serán pagados por ellas mismas.

Artículo 30: Las agencias de colocación podrán cobrar honorarios por servicios de intermediación. Los honorarios del servicio intermediario los pagan tanto el empleador como el solicitante de empleo. Las normas específicas las determinan los departamentos administrativos laborales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, en colaboración con los departamentos locales de finanzas y precios.

Las agencias de empleo con fines de lucro administradas por departamentos no laborales y ciudadanos individuales pagarán impuestos y tasas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 31: Las agencias de empleo proporcionan servicios gratuitos a grupos especiales y personas desempleadas de larga duración, y pueden proporcionar subsidios de fondos de empleo y fondos de seguro de desempleo.

Capítulo 5 Normas de Sanción

Artículo 32 Quien viole lo dispuesto en el artículo 10 de este Reglamento y abra una agencia de colocación sin obtener una licencia de agencia de colocación, será ordenado a suspender sus operaciones por parte de la departamento administrativo laboral, confiscar las ganancias ilegales e imponer una multa de 5 a 10 veces las ganancias ilegales.

Artículo 33: Quien viole el artículo 27 de este Reglamento y realice actividades de colocación laboral más allá del ámbito comercial prescrito, será ordenado por el departamento de administración del trabajo a realizar correcciones y sus ganancias ilegales serán confiscadas.

Artículo 34 Quien viole el artículo 28 de este Reglamento al publicar, difundir o publicar anuncios de contratación sin la aprobación de la agencia del servicio de trabajo y empleo, será ordenado a realizar correcciones por el departamento administrativo del trabajo y será remitido a la administración industrial y comercial.

Artículo 35: Quien viole el artículo 30 de este Reglamento y cobre honorarios superiores a los estándares prescritos, será ordenado por la administración del trabajo a corregir dentro de un plazo si las circunstancias son graves, multa de; Se podrán imponer de cinco a diez veces los ingresos ilegales, y revocar la licencia para ejercer.

Artículo 36: El que cometa fraude en las actividades de inserción laboral será multado con cinco a diez veces el ingreso ilegal por parte de la administración del trabajo, si se constituye delito, se perseguirá la responsabilidad penal conforme a la ley; . Si se causa algún daño a los solicitantes de empleo, éstos también serán responsables de una indemnización.

Artículo 37 Quien viole otras leyes y reglamentos durante las actividades de colocación laboral será sancionado de conformidad con la normativa pertinente.

Capítulo 6 Disposiciones complementarias

Artículo 38 Si surge algún conflicto entre el empleador o el solicitante de empleo y la agencia de empleo, el conflicto podrá presentarse al departamento administrativo laboral para su resolución. Si no está satisfecho con la sentencia, se seguirán las disposiciones pertinentes de revisión administrativa.

Artículo 39: Las agencias de empleo que involucran empleo en el extranjero y el empleo de entrada de personal extranjero deben tener licencia y se implementarán medidas específicas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 40 Las direcciones administrativas del trabajo de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular medidas de implementación con base en este reglamento.

Artículo 41 El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Al mismo tiempo fueron abolidas las "Disposiciones provisionales sobre la introducción del empleo" promulgadas el 6 de enero de 1990.

1995 165438+9 de octubre