Efectos consuetudinarios de las prácticas internacionales
Las prácticas normativas son generalmente vinculantes para todas las partes involucradas y entran en la categoría de normas obligatorias. La característica de este tipo de prácticas es que independientemente de si las partes involucradas en los intercambios internacionales están dispuestas a adoptarla, este tipo de prácticas les resulta vinculante en el derecho internacional, como lo es el principio de inmunidad de los Estados y sus bienes. Porque este enfoque ha sido generalmente reconocido por la mayoría de los miembros de la comunidad internacional como una obligación que debe observarse y que no puede modificarse a voluntad. Además, todas las prácticas internacionales aceptadas por los países relevantes como ley interna o adoptadas por convenciones internacionales son generalmente vinculantes para estos países específicos y las partes relevantes. Por supuesto, para estos países en particular, la práctica en este momento se ha traducido en ley.
La práctica contractual es la práctica principal en el ámbito de las transacciones comerciales internacionales. Esta práctica es azarosa o arbitraria. Su eficacia depende de la adopción voluntaria por todas las partes en las transacciones comerciales internacionales, porque la aplicación de tales convenios no es una obligación que todas las partes deban cumplir; su aplicación se basa en la intención unánime de todas las partes. Una vez que las partes declaran expresa o implícitamente que una convención se aplica a sus derechos y obligaciones, la convención se vuelve jurídicamente vinculante para ellas. Por ejemplo, en el acuerdo de una carta de crédito para el comercio internacional de mercancías, si el banco emisor indica que se aplican las costumbres y prácticas uniformes al emitir la carta de crédito, las costumbres y prácticas uniformes se aplicarán a las partes pertinentes (como (el banco emisor, el banco negociador y el banco notificante), el banco pagador, los bancos que hacen negocios con esta transacción y otras partes relevantes) son legalmente vinculantes, y los procedimientos operativos de la carta de crédito deben manejarse estrictamente de acuerdo con las disposiciones pertinentes. de las "Costumbres y Prácticas Uniformes". Otro ejemplo son los formatos de contrato estándar formulados por algunas asociaciones industriales y organizaciones internacionales en industrias específicas, como el "Formulario de contrato estándar para el comercio de cereales" formulado por la Asociación de Comercio de Granos de Londres, las "Condiciones internacionales de contrato" formuladas por la FIDIC y el "Conocimiento de Embarque Intermodal" formulado por FIATA, etc. También es legalmente vinculante para las partes que adoptan el contrato estándar anterior.