Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Introducción y análisis de casos de indemnización de daños médicos causados ​​por daño a órganos tras la extracción del dispositivo intrauterino

Introducción y análisis de casos de indemnización de daños médicos causados ​​por daño a órganos tras la extracción del dispositivo intrauterino

Breve descripción del caso

La paciente (demandante) es mujer, nacida el 20 de agosto de 1934, agricultora. El 24 de mayo de 1999, la demandante (demandada) acudió al Hospital de Salud Materno Infantil de la X Provincia para obtener un dispositivo intrauterino. Tras la operación, el demandante desarrolló dolor abdominal y otros síntomas, que desaparecieron tras un tratamiento sintomático. El 28 del mismo mes, una ecografía B reveló una pequeña cantidad de líquido en la cavidad abdominal. Una laparotomía realizada en el Segundo Hospital Popular de esta ciudad reveló perforación intestinal y "pequeño cierre de abertura" en el útero.

La demandante consideró que la perforación intestinal fue provocada por la extracción del dispositivo intrauterino en el Hospital Municipal de Salud Materno Infantil, y demandó al tribunal para solicitar una indemnización al demandado. El acusado se negó a compensar los gastos médicos (16.645,9 yuanes) y la pérdida mental (50.000 yuanes) causados ​​por la perforación uterina provocada por la extracción del anillo, diciendo que no tenía ninguna responsabilidad. Tras conocer el caso, el tribunal de primera instancia consideró que era difícil establecer la perforación intestinal durante la extracción del anillo, por lo que desestimó la pretensión del demandante.

Posteriormente, el demandante apeló y presentó una solicitud escrita solicitando que se identifique si existía relación causal entre la operación de extracción del dispositivo intrauterino en el Hospital Municipal de Salud Materno Infantil y la perforación intestinal. Después de la revisión, el tribunal de segunda instancia aceptó la solicitud del demandante, convocó a ambas partes para determinar conjuntamente el alcance de las unidades de tasación y los materiales de tasación, y encomendó al Instituto de Tasación de Ciencia y Tecnología del Tribunal de Beijing realizar las tasaciones solicitadas por el demandante. Después de la identificación, el Instituto de Ciencia y Tecnología Forense de Beijing creyó que el acusado causó la ruptura uterina durante la extracción del dispositivo intrauterino para el demandante, lo que era más probable que causara una infección intraabdominal, y la ruptura intestinal fue causada directamente por la extracción. del dispositivo intrauterino. El 1 de febrero de 2001 el juzgado de segunda instancia dictó sentencia definitiva conforme a derecho.

Resumen de expediente médico

1. Historial médico relacionado con el Hospital Municipal de Salud Materno Infantil.

1. Acta de operación de extracción de anillo el 24 de mayo de 1999: Exploración ginecológica: parto vaginal, mucosas pálidas. La vagina es lisa y tiene menos secreción. Hipertrofia cervical. La parte frontal del útero es un poco más grande. apéndice(-). Registro de extracción del anillo: El cuerpo uterino estaba en posición anterior, el cuello uterino estaba agrandado, la cavidad uterina era de 9 cm y estaba dura. Se sacó un anillo de metal de tamaño mediano, con poco sangrado y sin otras anomalías.

2. Informe de aplicación de rayos X el 24 de mayo de 1999: Dolor abdominal a las 4 en punto, negativa a presionar... La radiografía simple de abdomen no mostró anomalías evidentes.

3. Informe diagnóstico radiológico del 24 de mayo de 1999: No se encontró dilatación intestinal ni nivel hidroaéreo. Impresión: La radiografía simple de abdomen no mostró obstrucción intestinal evidente.

4. Informe de imágenes en tiempo real de matriz lineal de ultrasonido B el 28 de mayo de 1999: se detectó una pequeña cantidad de eco de ascitis en las costillas izquierda y derecha y se encontró un signo de flotación intestinal. El eco en el área del colon derecho fue levemente anormal, la motilidad intestinal aumentó y el eco del líquido intestinal cambió. No hubo anomalías obvias en el útero ni en los apéndices. Se acumula una pequeña cantidad de líquido en la cavidad abdominal (la causa de la ascitis aún no se ha investigado).

II.Resumen de historias clínicas de internación del Segundo Hospital

Fechas de ingreso y alta: 65438+28 de mayo de 0999, 1999 165438+1 de octubre.

Dolor principal: distensión abdominal, anorexia, náuseas y vómitos de 4 días de evolución.

Historia previa: distensión abdominal, anorexia, dolor abdominal, acompañado de náuseas y vómitos, sin síntomas como reflujo ácido, eructos, diarrea, fiebre, etc. La paciente acudió al hospital de salud materno infantil y se le administró tratamiento antiespasmódico, analgésico, antiinflamatorio y sintomático. Los síntomas del dolor abdominal mejoraron, pero la hinchazón, la anorexia, las náuseas y los vómitos siguieron siendo los mismos que antes. Vomitó poco después de comer y la comida vomitada era la comida que había comido. Hoy, un examen de ultrasonido abdominal B en el Hospital Municipal de Salud Materno Infantil reveló una pequeña cantidad de ascitis en las costillas izquierda y derecha. Fue trasladada a nuestro hospital para recibir tratamiento para aclarar aún más la causa de la ascitis. Ingresa en consulta externa con "aún no se ha investigado la causa de la ascitis"...

Historia médica previa: generalmente en buen estado de salud, sin antecedentes de enfermedades infecciosas como hepatitis, tuberculosis, fiebre tifoidea, o contacto con ellos, sin antecedentes de cirugía o traumatismo, y sin antecedentes de alergias a medicamentos.

Antecedentes menstruales: ...He estado menstruando durante 15 años y no tengo antecedentes de dismenorrea.

Examen físico: T36.8℃, R19 veces/min, P78 veces/min, Bp16/9.33Kpa, desarrollo normal, nutrición moderada, conciencia clara, postura automática, cooperación con el examen... ligeramente Abdomen abultado, El abdomen estaba blando, con ligero dolor en el cuadrante superior derecho. El hígado, el bazo y las costillas no eran palpables y la bolsa abdominal no era palpable.

El paciente sintió un fuerte dolor abdominal en el lado izquierdo a la 1:30 del día 29 de mayo de 0999. El examen físico reveló un bulto abdominal, dolor evidente a la palpación del abdomen izquierdo y dolor de rebote evidente. La radiografía simple de abdomen mostró perforación intestinal y el hemograma de rutina fue de leucocitos 11,6×109/L, n.

Durante la operación de 4:30 a 6:20 del 29 de mayo de 1999, encontramos que había una acumulación de líquido en la cavidad abdominal después de ingresar a la cavidad abdominal. Después del agotamiento, se exploró la cavidad abdominal y se encontró que había una adhesión intestinal interpélvica severa, envoltura limitada y múltiples fluidos intestinales. Después de la separación, el contenido intestinal es visible y huele mal, y la cápsula exterior tiene forma de polvo y tiene forma de piel. Alrededor de 30 cm de la unión ileoyeyunal estaban congestionados y edematosos, el tubo intestinal restringido era de color oscuro y había abundante pus. También se encontró que había una pequeña abertura de aproximadamente 2,5 cm en esta sección del intestino por la que salía líquido intestinal amarillo. El tejido local era frágil y tuvo que ser suturado y reparado. También se encontró que había un pequeño orificio en el antebrazo en la parte inferior del útero, que estaba parcialmente congestionado y edematoso, y estaba enrojecido...

Diagnóstico de alta: perforación intestinal, fístula intestinal.

Opiniones de Peritos Forenses

1. Respecto a la extracción de dispositivos intrauterinos: Si la persona identificada ha colocado el dispositivo intrauterino (anillo metálico) por mucho tiempo, se presenta la complicación común del intrauterino. se producirá el encarcelamiento del dispositivo. Ella era mayor (65 años cuando le quitaron el anillo) y había estado menopáusica durante 13 años. Su cuello uterino y su útero se habían atrofiado y la pared uterina se había debilitado. En este momento, es difícil quitar el anillo y existe el riesgo de dañar el útero. Combinado con esta situación, es posible tirar del DIU implantado y causar daño uterino (ruptura).

Además, el registro de operación del dispositivo intrauterino registra que "la cavidad uterina mide 9 cm", que es más grande de lo normal (las mujeres adultas normales deben medir unos 6 cm). Si el DIU es demasiado largo para entrar en la cavidad uterina, puede causar directamente daño uterino (perforación).

2. Respecto a la perforación uterina: Los registros quirúrgicos del Segundo Hospital Popular de la Ciudad registran que "hay un pequeño orificio en la pared frontal del fondo del útero, y hay congestión y edema local". La congestión y el edema son hallazgos patológicos graves de lesiones recientes, y el cirujano también cree que "no deben considerarse lesiones antiguas". Por tanto, creemos que la lesión uterina es una lesión reciente, lo cual concuerda con las características de la lesión de hace 4 días, pero actualmente no existe evidencia directa que demuestre si el útero ha penetrado.

3. Respecto a la perforación intestinal: Los registros quirúrgicos del Segundo Hospital Popular de la Ciudad registraron que “al ingresar a la cavidad abdominal, hubo acumulación de líquido en la cavidad abdominal, posterior al escape, en la cavidad abdominal y pélvica. Se exploró la cavidad y hubo fuerte adherencia entre los tubos intestinales, embalaje limitado y múltiples jugos intestinales, el contenido intestinal se puede ver cuando se separa, y el olor es a pescado y desagradable...". Se puede ver que las adherencias en la cavidad abdominal son graves y el contenido intestinal solo se puede ver después de que se separan los órganos de adhesión. Por lo tanto, puede ocurrir una ruptura intestinal cuando se separan las adherencias.

4. Respecto al proceso de la persona valorada: ① No se encontraron anomalías físicas antes de retirar el anillo. El médico obstetra y ginecólogo del Hospital Municipal de Salud Materno Infantil dijo que “no había contraindicaciones para ello”. cirugía antes de la operación." No hay antecedentes médicos de otras enfermedades en los materiales actuales ② El operador que quitó el anillo dijo: "El demandante dijo que se sintió un poco incómodo durante el proceso de quitar el anillo y que la expresión del demandante era incómoda debido a la extracción del anillo..."; ③ Después de quitarse el anillo, de camino a casa O siente dolor abdominal después de llegar a casa; ④ El formulario de solicitud de radiografía y ecografía B registra "Dolor abdominal a las 4 en punto..." en el día en que se extrajo el DIU en el Hospital Municipal de Salud Materno Infantil (24.5.1999), lo que indica que sí se presentó dolor abdominal después de la extracción del DIU ⑤5 El 28 de marzo de 1999, el Hospital Materno Infantil todavía realizó un B-; Examen de ultrasonido y se encontró ascitis, lo que indica que síntomas como dolor abdominal amarillo continuaron apareciendo.

En resumen, se cree que el estado de la persona que se está valorando puede ser: útero roto durante el proceso de extracción del anillo, foco de infección formado en la abertura de ruptura, epiplón peritoneal e intestino delgado. reunidos hacia el foco de infección. Debido a que la infección intraabdominal no es grave al principio, las manifestaciones clínicas iniciales no son evidentes y los síntomas son atípicos, lo que dificulta su detección y tratamiento a tiempo. A medida que la infección intraabdominal empeora, se producirá congestión, edema e incluso necrosis del sitio de la infección del intestino delgado, y los órganos pélvicos y el intestino delgado quedarán severamente adheridos. Cuando se realiza una laparotomía para explorar y separar órganos, es fácil provocar una rotura necrótica del tubo intestinal. Por lo tanto, se cree que el útero de la persona identificada se rompió durante el proceso de extracción del anillo, lo que es más probable que cause una infección intraabdominal, mientras que la posibilidad de que la ruptura intestinal haya sido causada directamente por la extracción del anillo es poco probable.

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia

Con base en la prueba válida, el tribunal de primera instancia determinó que el 24 de mayo de 1999 el demandante acudió al despacho de la demandada y solicitó retirar el dispositivo intrauterino. El acusado envió personal médico con certificados de operación para realizar la operación de acuerdo con los procedimientos operativos pertinentes, y la operación se desarrolló sin problemas. El 28 de mayo de 1999 el demandante refirió distensión abdominal, náuseas, anorexia y vómitos, siendo internado en el Segundo Hospital Popular Municipal. Queda por investigar el motivo del diagnóstico provisional de ascitis al ingreso. El 29 de mayo, el Segundo Hospital Municipal realizó una investigación de emergencia al demandante y le diagnosticó perforación intestinal. El demandante permaneció en el Hospital No. 2 de la ciudad para recibir tratamiento.

Al mismo tiempo, el tribunal de primera instancia también sostuvo que no es probable que los instrumentos utilizados en la cirugía de extracción del dispositivo intrauterino causen perforación uterina. Incluso si se produce una perforación uterina, es imposible cerrar y formar rastros en cuatro días, especialmente en el caso de perforación intestinal, adherencias intestinales y grandes cantidades de líquido en la cavidad abdominal. Además, la longitud del dispositivo de recuperación del asa no puede alcanzar la ubicación de la perforación intestinal del demandante (unión ileoyeyunal), y la pared anterior del fondo uterino y la unión ileoyeyunal no están en línea recta debido a la peristalsis intestinal continua, por lo que Es difícil establecer que la perforación intestinal sea un dispositivo de recuperación de asas. En vista de las circunstancias anteriores, el demandante sólo se basó en los registros quirúrgicos de otro hospital como base para la indemnización. Las pruebas fueron insuficientes y este hospital no las respaldó. Por lo tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 134 de los Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China, la sentencia es la siguiente: se desestima la reclamación del demandante y la tasa del litigio de 2.510 yuanes correrá a cargo del demandante.

Sentencia del Juzgado de Segunda Instancia

En el juicio de segunda instancia, el recurrente (demandante) consideró que el dictamen de tasación era científico y justo, mientras que el Hospital Municipal de Salud consideró que la tasación La conclusión fue incierta y fue sólo un análisis de posibilidades, no Esta conclusión de identificación debe adoptarse. El tribunal de segunda instancia sostuvo que, tal como lo identificó el Instituto de Ciencia y Tecnología Forense de Beijing, la causa de la perforación intestinal del demandante se dividió en dos etapas de evolución, a saber, la etapa de infección intraabdominal causada por la rotura uterina y la etapa de rotura intestinal provocada por laparotomía exploradora en el Second City Hospital, que se relacionó con la progresión del cuadro del demandante. Sin embargo, ambas partes afirmaron que el funcionamiento del centro de salud provocó la ruptura de la ictericia y que el centro de salud no causó ningún daño a los órganos del demandante. Ninguno de ellos pudo explicar razonablemente por qué el demandante no sufrió de abdomen agudo después. Se retiró el anillo, lo que provocó peritonitis secundaria y formación de heridas recientes y ascitis en el útero de la demandante. Ambas partes no tienen ninguna objeción a la determinación de los materiales de tasación y a la autoridad e imparcialidad de la agencia de tasación, por lo tanto, aunque la opinión de tasación utiliza juicios inciertos como "más probable" y "menos probable", nuestro tribunal todavía cree que la tasación; es La conclusión de identificación es una opinión científica y justa basada en materiales de identificación bajo el nivel científico y tecnológico actual. La razón por la cual la redacción es incierta es porque la agencia de evaluación es responsable de ambas partes por una actitud científica y prudente. En resumen, el tribunal de segunda instancia consideró que la posible especulación aportada por el peritaje era un juicio científico, razonable y correcto. Se puede considerar que la rotura intestinal del demandante fue provocada por una infección abdominal provocada por la rotura uterina durante la operación del hospital para retirar el anillo. El Segundo Hospital Popular Municipal detectó separación de órganos durante la operación, lo que significa que la operación del hospital para retirar el anillo fue. causado por una rotura de los intestinos del demandante causa directa.

El tribunal de segunda instancia consideró que existía una relación causal entre la rotura intestinal de Huang y la retirada del anillo tras su identificación por parte del centro de salud, por lo que se debe inferir que el funcionamiento del centro de salud fue culposo. , vulneró el derecho a la salud del demandante y provocó consecuencias para el demandante. En caso de angustia emocional, el centro de salud debe ser considerado civilmente responsable de los daños causados ​​al demandante. El veredicto es el siguiente: (1) Se revoca la sentencia de primera instancia; (2) El hospital compensa al demandante con 16.645,90 yuanes por gastos médicos y 8.000 yuanes por bienestar emocional...

Breves comentarios al respecto. caso

En los últimos años En los últimos años, las disputas médicas han aumentado gradualmente y los círculos legales y de salud han iniciado discusiones sin precedentes. La comprensión de la gente sobre estos casos continúa profundizándose y mejorando, especialmente la intervención de la identificación forense, lo que aclara algunas cuestiones médicas complejas. A través de la identificación forense, este caso explicó de manera razonable y objetiva una serie de manifestaciones clínicas del demandante luego de que le quitaron el anillo, lo que permitió que el caso llegara a un veredicto más razonable. A juzgar por el proceso judicial y la sentencia de este caso, el autor cree que hay algunas cuestiones que deben discutirse.

En primer lugar, una evaluación justa y completa es la garantía para un correcto juicio de los casos de disputas médicas.

Dado que los casos de negligencia médica involucran lesiones y/o enfermedades en constante cambio en la medicina, sus manifestaciones clínicas y resultados de la enfermedad producirán resultados diferentes debido a la intervención de múltiples factores, lo que dificulta la comprensión del conocimiento médico. A pocos jueces les resulta difícil captar los hechos con precisión. A través de procedimientos normales y con el consentimiento de ambas partes, confiar a las agencias de evaluación pertinentes, como comités de evaluación de accidentes médicos de todos los niveles, agencias de evaluación forense, etc., es un canal factible para escuchar correctamente los casos de disputas médicas en mi país. En el juicio de primera instancia de este caso no se determinó el foco de la cuestión de "si existe una relación causal entre la perforación intestinal del demandante y la extracción del anillo", lo que inevitablemente conducirá a una desviación en la sentencia.

2. La clave para escuchar correctamente las disputas médicas es comprender y aplicar con precisión la experiencia forense.

En opinión del autor, las instituciones de identificación forense actuales sólo pueden evaluar objetivamente las conductas médicas desde una perspectiva médica, pero no pueden elaborarlas desde una perspectiva legal. Este es también el foco de la identificación forense de disputas médicas en el ámbito médico. futuro. Por lo tanto, es necesario utilizar la tasación forense para comprender con precisión la tasación forense sobre la base de una comprensión total, prestando atención principalmente a los siguientes aspectos:

1. Comprender completamente la opinión de tasación forense: la opinión de tasación forense en. Este caso se centra en el propósito de la valoración. Analizar y explicar desde una perspectiva médica, y explicar objetivamente la relación causal entre la extracción del anillo del demandante y el descubrimiento postoperatorio de rotura uterina y perforación intestinal, así como el proceso de desarrollo de su padecimiento. En las opiniones de evaluación se utilizan expresiones como "más probable" y "menos probable". Las principales razones son las siguientes: (1) La evaluación de disputas médicas es una evaluación inferencial y las posibles consecuencias se infieren en función de las consecuencias (resultado de la enfermedad). ). Motivos (incluyendo todas las conductas médicas); (2) Limitaciones de la disciplina médica. Debido a que la medicina es una disciplina en desarrollo, las teorías médicas existentes inevitablemente tendrán deficiencias cognitivas o incluso errores (3) Limitaciones de los materiales de evidencia; Las unidades médicas están diseñadas para tratar pacientes y salvar vidas. En el proceso de diagnóstico y tratamiento de los pacientes, no se dispone de alguna evidencia. En este caso, no hay evidencia directa de "si el útero ha penetrado". Aunque el operador del Segundo Hospital Popular Municipal observó responsablemente "un pequeño agujero en la pared frontal del fondo del útero y congestión y edema local", lo que pudo confirmar que había un daño reciente en el útero, sin importar si hubo un perforación o no, el tejido uterino no se pudo extraer para observación del corte patológico. El tribunal de segunda instancia consideró que la conclusión de la tasación era una opinión científica y justa basada en los materiales de tasación existentes en el nivel científico y tecnológico actual. Según el dictamen tasador, el tribunal de segunda instancia determinó que “la rotura del tracto intestinal de la demandante fue provocada por una infección abdominal provocada por la rotura uterina durante la operación de extracción del anillo realizada por el hospital cuando los órganos fueron separados durante la operación en el hospital. Segundo Hospital Popular Municipal, es decir, la operación de extracción del anillo realizada por el hospital al demandante fue la causa directa de la rotura intestinal ". Se llega a esta conclusión sobre la base de un análisis y evaluación completos. En opinión del autor, para comprender plenamente las opiniones del perito forense no se debe fijarse únicamente en la conclusión final de la tasación, sino también centrarse en la parte de análisis y explicación de la tasación para evitar malentendidos.

2. Utilice la identificación forense desde una perspectiva legal: como se mencionó anteriormente, la identificación forense a veces solo explica la causalidad fáctica. Al igual que en este caso, este tipo de identificación solo explica la causalidad fáctica (médica). Cómo transformarlo correctamente en causalidad jurídica es una cuestión que se discutirá más a fondo en la comunidad jurídica en el futuro. En la actualidad, las principales teorías sobre la causalidad jurídica incluyen una considerable teoría de la causalidad, la teoría de la intención jurídica, la teoría de la previsibilidad y la teoría de la razón suficiente. Por lo tanto, la causalidad legal es una cuestión compleja y es imposible resolver todos los problemas basándose únicamente en una teoría, especialmente el proceso médico es un proceso muy complejo. El resultado de la misma enfermedad tendrá resultados siempre cambiantes debido a la participación de múltiples factores como la condición de la enfermedad, la condición física del paciente, el momento del tratamiento, las condiciones y el nivel médico del hospital y, por lo tanto, la experiencia del médico. Es necesario analizar el caso en detalle. Aunque el punto clave en este caso es si la perforación uterina fue causada cuando se retiró el dispositivo intrauterino, el autor cree que la razón más importante es la causa de la perforación uterina. El análisis forense de las causas del daño uterino es el siguiente: (1) La propia situación de la demandante: atrofia uterina, pared uterina débil, complicaciones del encarcelamiento del dispositivo intrauterino (2) El dispositivo intrauterino es demasiado largo; Ambos factores son posibles factores que causan daño uterino, y vale la pena explorar qué teoría de causalidad legal debería aplicarse en esta situación. Esta evaluación sólo discutió la relación causal fáctica e ignoró la perspectiva jurídica, lo cual es una lástima.

En tercer lugar, en cuanto a la cuestión de la inmunidad

El autor cree que en el juicio de disputas médicas también deben tenerse en cuenta los intereses de los pacientes y los intereses de las unidades médicas.

Cuando una negligencia médica causa daños personales a un paciente, se deben considerar plenamente las características propias del hospital. La industria médica en sí misma es una profesión de alto riesgo y también está en el proceso de encontrar constantemente opciones de tratamiento para diferentes pacientes. A veces hay desviaciones o errores. ¿Cómo evaluar correctamente una negligencia médica y en qué circunstancias?

El autor cree que la determinación de las condiciones de exención debe considerar principalmente la complejidad de la lesión y/o enfermedad, la condición física del propio paciente, el equipo médico general del hospital y el nivel médico, y el nivel de experiencia del médico. . En este caso, hay dos motivos para la perforación uterina. Después de la perforación, los síntomas clínicos no son típicos debido a la propia condición de la paciente. Debido a las limitaciones del equipo médico y del nivel en los hospitales, eventualmente se desarrollaron infecciones abdominales. Es necesario seguir debatiendo si esta situación puede eximirse de responsabilidad y en qué medida debería eximirse.