Política Nacional de Puestos
Base jurídica: Medidas de aplicación de la ley de gestión urbana
Artículo 8 El alcance de la potestad sancionadora administrativa en la aplicación de la ley de gestión urbana se determinará de conformidad con las leyes, reglamentos y disposiciones pertinentes del Estado. Consejo, incluidas las leyes y reglamentos en materia de vivienda y construcción urbano-rural. La potestad sancionadora administrativa, así como la potestad sancionadora administrativa relacionada con la gestión urbana en la gestión de la protección ambiental, la administración industrial y comercial, la gestión del tráfico, la gestión del agua, la alimentación y supervisión de medicamentos, etc.
Artículo 10: Si las autoridades de gestión urbana y aplicación de la ley ejercen el poder de sanción administrativa de manera relativamente centralizada de conformidad con la ley, podrán implementar medidas coercitivas administrativas relacionadas con el poder de sanción administrativa estipulado en las leyes y reglamentos.
Artículo 15 El departamento administrativo de aplicación de la ley del Gobierno Popular Municipal podrá enviar organismos encargados de hacer cumplir la ley a las calles. Los departamentos de gestión urbana y aplicación de la ley de los gobiernos populares de los municipios directamente dependientes del Gobierno Central y los municipios divididos en distritos pueden enviar organismos encargados de hacer cumplir la ley a los distritos o calles municipales. La agencia enviada realizará tareas de gestión urbana y aplicación de la ley dentro de su jurisdicción en nombre del departamento de gestión urbana y aplicación de la ley que estableció la agencia enviada.